19/08/2026
Enfoque Basado en Riesgo
La reforma establece que quienes realicen Actividades Vulnerables deberán elaborar una metodología de riesgos para verificar en qué nivel se encuentran sus clientes y usuarios.
En esta metodología deberán identificarse, medirse y mitigarse los riesgos de los elementos a ponderar, considerando al menos: actos u operaciones, tipo de persona, países y área geográfica, y transacciones y canales de envío o distribución.
Una vez elaborada, la metodología deberá implementarse utilizando los datos de todos los clientes del año inmediato anterior, sin inconsistencias entre la información utilizada y la que obra en el sistema.
Con base en esta metodología deberá elaborarse un modelo de evaluación individual que considere, al menos, niveles de riesgo bajo, medio y alto. La información correspondiente deberá verificarse cada 6 meses.
La metodología deberá estar a disposición de las autoridades el 1 de marzo de 2027.