18/08/2017
¿HACEN ALGO LOS PROPIETARIOS DE COMERCIOS DESPUÉS DE SER ASALTADOS?
Los trabajadores de un negocio, con independencia de su giro, están expuestos de forma constante ser violentados física o psicológicamente para la obtención de los valores o bienes materiales del establecimiento; ante estas amenazas es que algunos empresarios, consideran la instalación de sistemas de seguridad que eviten o disminuyan la posibilidad de encontrarse ante una situación como ésta, generalmente el interés principal gira entorno a evitar las pérdidas por lo que establecen medidas de protección que disminuyan su vulnerabilidad frente a actores externos, es decir, instalación de cámaras de vigilancia, rejas, iluminación por sensores, vigilantes, entre otras.
Frente a agentes internos, o sea el evitar el robo o pérdidas producidas por parte de los mismos empleados, elaboran políticas o procedimientos que disminuyan la falta de control sobre los procesos y evitan que los empleados accedan fácilmente a los productos que manejan a diario, por ejemplo la implementación de mayores filtros o aumentar el riesgo de ser descubierto etc.
Sin embargo, cuando alguno de los métodos preventivos falla y el comercio queda expuesto a un acto violento como un asalto que incluya armas de fuego, toma de rehenes o algún escenario similar, el riesgo se extiende más allá de la pérdida económica para la empresa ya que demanda la existencia de un ADECUADO PROTOCOLO DE ACTUACIÓN QUE REDUZCA EL IMPACTO DE ESE HECHO SOBRE LOS EMPLEADOS.
Mucha atención se le brinda a las medidas preventivas y de vuelta a la normalidad que permitan que el negocio retome sus actividades comerciales, pero ¿qué pasa con los empleados?, al estar expuestos a un evento traumático en el que la salud mental y física se ve afectada, es indispensable la empresa incluya dentro de sus protocolos de seguridad de vuelta a la normalidad, sistemas de apoyo para los empleados que les permitan superar la situación violenta en la que se vieron inmersos.
Es el personal de una empresa el activo más valioso con que cuenta, y la asignación de recursos para afrontar un acontecimiento traumático severo debe de ser una prioridad para aquellas empresas vulnerables a sufrir actos de violencia, ya que desencadenan afectaciones en la salud mental del empleado tales como experimentar episodios de ansiedad, insomnio, preocupación constante, miedo a quedarse solos o incluso culpa al pensar que pudieron haber evitado la situación o que pudieron reaccionar de un modo distinto.
Para ello, y de acuerdo a la NOM-035-STPS relativa a Factores De Riesgo Psicosocial - Identificación, Prevención y Seguimiento se define al acontecimiento traumático severo (ATS) como: Aquel experimentado durante o con motivo del trabajo que se caracteriza por la ocurrencia de la muerte o que representa un riesgo materializado para la integridad física de una o varias personas y que puede generar trastorno postraumático para quien lo sufre o lo presencia.
Algunos ejemplos son: explosiones, incendios de gran magnitud; accidentes mortales, asaltos con violencia y homicidios, entre otros.
Señala como Obligaciones Del Patrón además de la prevención de factores de riesgo psicosociales, algunas específicas y aplicables ante acontecimientos traumáticos severos como: Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a ATS durante o con motivo del trabajo, dar seguimiento a su salud. Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.
Además de que deben de llevar un registro de los resultados de los exámenes o evaluaciones clínicas practicadas a los trabajadores que lo solicitaron y se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial o actos, actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.
Es así que los dueños de establecimiento y propietarios de negocios en los que la exposición de los empleados a ATS es mayor, por ejemplo: empleados de los bancos, empresas de traslado de valores, guardias de seguridad, joyerías, etc. deben de contemplar que para el adecuado cumplimiento de las normas oficiales, específicamente la NOM-035stps, además de otras medidas preventivas, es conveniente la elaboración de un protocolo de actuación ante eventos de violencia dentro de sus protocolos de emergencia.
Se debe de proponer la capacitación constante así como el diseño de escenarios y simulacros que involucren a todo el personal respecto a las formas de reacción frente a un asalto violento, toma de rehenes o incidentes en los que su vida corra peligro o de los usuarios que se encuentren en el establecimiento al momento del atraco.