14/04/2025
¿Crees que el SAT solo actúa cuando presentas tu declaración anual? Piénsalo otra vez.
Hoy, más que nunca, la autoridad fiscal tiene ojos en todas partes: en tus depósitos bancarios, tus facturas, tus redes sociales… incluso en lo que no declaras pero sí presumes.
Te presento diez mecanismos que el SAT utiliza para monitorear la actividad fiscal de los contribuyentes:
1. Reporte de depósitos en efectivo:
Las instituciones financieras deben reportar al SAT los depósitos en efectivo que superen los $15,000 mensuales. Esto permite identificar posibles ingresos no declarados.
Base legal: Art. 55, fracc. IV, LISR; Regla 3.5.13, RMF.
2. Discrepancia fiscal:
Cuando un contribuyente registra gastos significativamente mayores que los ingresos que declara, el SAT puede presumir que existen ingresos omitidos.
Base legal: Art. 91, CFF.
3. Revisión de estados de cuenta bancarios:
La autoridad puede solicitar información a las instituciones bancarias como parte de sus facultades de comprobación.
Base legal: Art. 42, fracc. IV y 63-B, CFF.
4. Uso de CFDI:
Los comprobantes fiscales digitales (CFDI) permiten al SAT llevar un registro detallado de todas las operaciones realizadas por los contribuyentes.
Base legal: Art. 29 y 29-A, CFF.
5. Intercambio de información interinstitucional:
El SAT puede cruzar datos con otras autoridades, como el IMSS, INFONAVIT o la SRE, para verificar la congruencia entre los datos fiscales y otros registros.
Base legal: Art. 69, CFF.
6. Ingresos por plataformas digitales:
Plataformas como Airbnb, Uber o Mercado Libre informan al SAT sobre las actividades e ingresos de sus usuarios.
Base legal: Art. 90, LISR; Regla 12.2.5, RMF.
7. Listado de EFOS y EDOS:
El SAT publica un listado de empresas que emiten facturas por operaciones inexistentes (EFOS). Si un contribuyente usa estas facturas, puede ser señalado como EDOS.
Base legal: Art. 69-B, CFF.
8. Declaraciones prellenadas:
La información obtenida a través de CFDI, retenciones e ingresos se utiliza para generar declaraciones automáticas que el contribuyente solo debe revisar y confirmar.
Base legal: Art. 31, CFF; Art. 150, LISR.
9. Uso de herramientas tecnológicas:
El SAT emplea inteligencia artificial y análisis de datos para identificar patrones de riesgo fiscal, inconsistencias o irregularidades.
Base legal: Art. 42, CFF; Plan Maestro de Fiscalización.
10. Responsabilidad de asesores y terceros:
Contadores y asesores pueden ser responsables solidarios si se demuestra que participaron en esquemas de evasión o incumplimiento.
Base legal: Art. 70, CFF; Art. 69-B, fracc. VI, CFF.
Conclusión
El SAT no necesita ejercer auditorias para conocer la situacion fiscal de un contribuyente y tenga conocimiento de sus movimientos financieros, ingresos o posibles irregularidades.
Activa tu plan de acción fiscal o simplemente ignóralo y sigue posteando fotos de tus vacaciones sin declarar tus ingresos.
El SAT no duerme. ¿Y tú?
Dr. Germán Reyna y Herrero
Asesor Fiscal y Gubernamental
destacados