Contador Luis A. Mayorga

Contador Luis A. Mayorga Asesoría fiscal, contables y administrativa que te ayudaran en el manejo de tus negocios.

07/07/2023

Consejos crueles pero necesarios:
Autor anónimo (visto en redes).

“Ya sé que todos “odiamos ser adultos” y que nos gusta el KFC y así, pero si eres +18 deberías tener resuelto esto:

Deberías tener tu e-firma en una USB. De preferencia tener una Constancia de situación fiscal y una opinión de cumplimiento recientes.

Deberías saber en qué afore estás asignado si no la elegiste. De preferencia hacer alguna aportación voluntaria. Un PPR si tienes la posibilidad.

Deberías tener un Drive al que puedas tener acceso desde tu celular con TODOS tus documentos oficiales digitalizados.

Deberías tener tu CV en inglés y en español. Una semblanza o portafolio si eres independiente o emprendedor. A la mano. En el drive.

Deberías tener historial crediticio bueno. Saca una tarjeta de crédito, un plan de teléfono lo que sea. Y paga a tiempo. A menos que tengas la vida resuelta y nunca vayas a necesitar un crédito. Si es así qué buena onda.

Deberías tener un fondo de emergencia de liquidez inmediata o a un día. 1 a 3 meses de ingreso.

Al menos una persona de tu familia debería saber dónde están todos tus documentos personales, pólizas de seguros, cuentas bancarias, inversiones. Por si te mueres.

Deberías tener beneficiarios en todas tus cuentas. Ese beneficiario debería saber que lo es. Dijera tu tía, un día estamos, al otro no.

Las app de inversiones (Dinn, GBM+, etcétera) también tienen la opción de establecer beneficiarios. Búscale, desígnalos. Avísales.

Si tienes una Wallet, alguien debería saber dónde anotaste tu llave privada, tu frase de seguridad y saber qué tienes ahí. En criptomonedas no hay beneficiarios, ni a quien reclamar: tú debes tener tu persona de confianza.

Deberías saberte tu RFC, tu CURP, tu NSS, tu cédula profesional si tu carrera lo exige. De memoria, así como “Mis ojos lloran por ti”.

Deberías evitar el KFC. Es mucha grasa.”

👉🏼 Créditos al Mtro. Mario Beltran

28/01/2023
Con la finalidad de que las personas contribuyentes, físicas y morales, puedan contar con los datos relativos al nombre,...
04/12/2022

Con la finalidad de que las personas contribuyentes, físicas y morales, puedan contar con los datos relativos al nombre, razón o denominación social, el código postal del domicilio fiscal y el uso del comprobante que exigen las disposiciones fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0, se extiende la facilidad para emitirlos en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023.

28/11/2022

CFDI 4.0 ¿Iniciará en abril 2023? ¿PRÓRROGA DE LA 4.0?

Ante la reciente publicación del SAT en cuanto al tema de CFDI, hay que dejar en claro algo:

CFDI 4.0.
1. La versión 4.0 (para todos los CFDI y complementos) inició su vigencia a partir del 01 de enero de 2022, no entrará en vigor el 01 de abril de 2023 (como algunos “expertos” se mofan en señalar y solo confunden). La versión 4.0 funciona SIN PROBLEMAS, quien te diga lo contrario, “fantasea”.

CFDI 3.3.
2. Lo que ocurre es que la versión 3.3 (para todas las versiones y complementos) se amplía el plazo de convivencia hasta el 31 de marzo de 2023; en la inteligencia que a partir del 01 de abril 2023, la única versión disponible será la 4.0. ¿Razón de la prórroga de convivencia? Adaptación social y resistencia al cambio.

COMPLEMENTO CARTA PORTE.
3. El complemento carta porte que se incorpora al CFDI de Ingresos o Traslado, se podrá emitir con errores y sin consecuencias hasta el 31 de julio de 2023; en la inteligencia que a partir del 01 de agosto 2023, habría sanción por un Complemento mal elaborado.

Por lo anterior recomiendo analizar el abandono de la versión 3.3 y considerar todo el año 2023 con la versión 4.0. ¿Razones? Que tengas 12 meses de 2023 comparables con los mismos criterios de llenado y evitar aclaraciones innecesarias.

Si ves algún texto o noticia o comentario de algún “sujeto” que te indique que la versión 4.0 se prorrogó o que iniciará a partir del 01 de abril 2023, toma tus “reservas”.

🎖️ Créditos a: Mario Beltran

08/11/2022
01/11/2022

OJO:

A ver, a ver de qué si se reporta los $15,000 en efectivo, eso es para muy pocos contribuyentes, lo qué hay que ocuparse es si se reportan las operaciones en efectivo superiores a $100,00.00 que aplica a muchos contribuyentes. Se hace?

Lo anterior de conformidad con la fracción XV del artículo 76, fracción VI del artículo 110 y fracción V del artículo 118, todos de la Ley del ISR.

Créditos a: Alfredo Vivar

01/11/2022

Con el tema de la informativa de depósitos en efectivo: QUIENES.

¿Quien está obligado a informar? Los bancos.

¿Quien recibirá la información? El SAT

¿Quien está obligado a aclarar? La persona física: inscrita o no inscrita en el RFC (cualquier persona que tenga abierta una cuenta bancaria).

*********************************************

Recordemos que cada banco recopilará la información que un cuentahabiente tenga en 1, 2 o más cuentas bancarias del mismo banco.

La información base será el efectivo: monedas y billetes.

¿Transferencias? NO (y no significa que estén exentos de ISR).

Se tomará el efectivo mensual recibido que exceda 15 mil pesos de todas las cuentas del MISMO BANCO.

¿Y si no excede de 15 mil pesos mensuales? El banco no tiene obligación de informar (y no significa que estén exentos de ISR).

Solicita estados de cuenta bancarios y realiza el análisis de conceptos.

Créditos a: Mario Beltran

Se publica en el portal del   la “Guía para presentar el Aviso de cambio de domicilio mediante Oficina Virtual” Se adici...
12/10/2022

Se publica en el portal del la “Guía para presentar el Aviso de cambio de domicilio mediante Oficina Virtual”

Se adiciona la posibilidad para las personas físicas que únicamente perciban ingresos por salarios de presentar el cambio de domicilio a través de la oficina virtual del con la modificación a la Regla 2.5.11. de la versión anticipada de la Octava Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

¿Cuál es el procedimiento para presentarlo?

1.Ingresa al aplicativo CitaSAT.

2.Agenda tu cita eligiendo del listado de Entidades Federativas el módulo de “Oficina Virtual”.

3.Recibe un correo electrónico con el número de confirmación de su cita, hora, fecha y la respectiva liga de acceso a la sesión virtual.

4.Descarga gratis la aplicación de Microsoft Teams en el dispositivo electrónico que usarás durante tu cita.

5.Llena el “Formato de Avisos al Registro Federal de Contribuyentes a través de Oficina Virtual” con ayuda de la Guía para presentar el Aviso de Cambio de Domicilio mediante oficina virtual. (Personas físicas) 2022.

Documentos que se obtienen:

6.Aviso de actualización o modificación de situación fiscal, que contiene resumen de datos del contribuyente, ubicación y tipo de aviso presentado.

7.Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, datos de identificación del representante legal, sello digital y código de barras bidimensional (QR).

Requisitos:

8.Formato de Avisos al Registro Federal de Contribuyentes a través de Oficina Virtual, firmado.

9.Identificación oficial vigente del contribuyente.

10.Comprobante de domicilio.


Consulta aquí:
https://www.sat.gob.mx/tramites/30357/realiza-tu-cambio-de-domicilio-en-el-rfc

Copiado de: contadores

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