Consultoría Jurídica Tehuacán, S.C.

Consultoría Jurídica Tehuacán, S.C. Asesoría legal en materia laboral para trabajadores, empresas y sindicatos.

DECRETO por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materi...
11/01/2021

DECRETO por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo. 💻📈📉

1 Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, C.P 06500, Ciudad de MéxicoTel. (55) 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios Dirección electrónica: www.dof.gob.mx

20/11/2020
¿Te visito protección civil y te preguntaron por tus protocolos?¡Llámanos!
18/08/2020

¿Te visito protección civil y te preguntaron por tus protocolos?

¡Llámanos!

Si eres   o   y han  acordado dar por terminada la relación de trabajo que los une, la Procuraduría de la Defensa del Tr...
07/08/2020

Si eres o y han acordado dar por terminada la relación de trabajo que los une, la Procuraduría de la Defensa del Trabajo te brinda la opción de celebrar convenios voluntarios.
Revisa los siguientes pasos y obtén tu acta validada por autoridad competente! 👷‍♀️👷‍♂️🤝👨‍💼👩‍💼 📄

Si requiere apoyo consúltenos

31/03/2020

Si eres trabajador👷 o empresa🏗️ y tienes dudas respecto de los derechos y obligaciones que tienes que considerar ante la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19)
Escríbenos vía inbox o marca al teléfono 38 2 39 52

Acuerdo publicado el día 23 de marzo del año 2020 en periódico oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Puebla....
26/03/2020

Acuerdo publicado el día 23 de marzo del año 2020 en periódico oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Puebla.

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

ACUERDO del Ejecutivo del Estado, por el que con la finalidad de evitar la propagación y contagio del virus COVID-19, se decreta cómo medida de seguridad sanitaria, ¶la clausura temporal en el Estado¶, de salas de cine, teatro y auditorios, gimnasios, centros deportivos y sociales, clubes de servicio, sociales y/o deportivos y baños públicos; asimismo, como medida de seguridad sanitaria, ¶se suspenden las actividades¶ en los casinos, centros nocturnos, bares, discotecas, cabarets, de esparcimiento, exhibiciones, salones de fiesta, auditorios, piscinas, estadios y zoológicos, y demás restricciones y prohibiciones que se especifican en el presente Acuerdo.

15/10/2019

DEMANDA LABORAL. SI ES OSCURA, IRREGULAR U OMISA, LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL, DESDE EL PRIMER PROVEÍDO, DEBE PREVENIR AL ACTOR PARA QUE LA CORRIJA O ACLARE Y, DE NO CUMPLIR, REITERAR LA PREVENCIÓN, PREVIO A SU RATIFICACIÓN, EN LA ETAPA DE DEMANDA Y EXCEPCIONES DE LA AUDIENCIA DE LEY. La autoridad jurisdiccional laboral, en acatamiento al principio de tutela procesal, debe prevenir al trabajador o, en su caso, a sus beneficiarios, para que corrijan, aclaren o regularicen su demanda cuando sea oscura, irregular u omisa, si no comprende todas las prestaciones que deriven de la acción intentada, en términos de los artículos 685, párrafo segundo, y 873, último párrafo, de la Ley Federal del Trabajo; y cuando aquéllos no lo hagan en el término legal de tres días que establece el último de los citados preceptos, la autoridad tiene la ineludible obligación de prevenirlos, nuevamente, en la etapa de demanda y excepciones de la audiencia de ley, con fundamento en el artículo 878, fracción II, de la ley referida, para que subsanen en ese momento las deficiencias que se hubiesen indicado. En este contexto, si el órgano jurisdiccional omite proceder de esa forma, transgrede las normas que rigen el procedimiento laboral en perjuicio de la parte actora, quien no tendría oportunidad de subsanar los requisitos faltantes en su demanda; de ahí la trascendencia de esta inobservancia procesal al sentido del laudo, en atención a que la reiteración de la prevención es obligatoria para que aquélla subsane las irregularidades y omisiones a más tardar en la etapa de demanda y excepciones de la audiencia de ley, y previo a su ratificación.
Tesis: VII.2o.T.230 L (10a.), Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2020782, 8 de 12, Tribunales Colegiados de Circuito Publicación: viernes 11 de octubre de 2019 10:21 h, Tesis Aislada (Laboral)
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo directo 463/2018. 30 de mayo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Sebastián Martínez García. Secretario: Ismael Martínez Reyes.
Amparo directo 616/2018. 6 de junio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Víctor Hugo Millán Escalera.
Amparo directo 615/2018. 27 de junio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Sebastián Martínez García. Secretario: Ismael Martínez Reyes.

Dirección

Privada De La 18 Oriente No. 1806, Colonia Emiliano Zapata
Tehuacán
75730

Horario de Apertura

Lunes 9am - 2:30pm
5pm - 8:30pm
Martes 9am - 2:30pm
5pm - 8:30pm
Miércoles 9am - 2:30pm
5pm - 8:30pm
Jueves 9am - 2:30pm
5pm - 8:30pm
Viernes 9am - 2:30pm
5pm - 8:30pm

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Consultoría Jurídica Tehuacán, S.C. publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir

Categoría