03/01/2025
PRINCIPALES REFORMAS FISCALES Y LABORALES 2025:🥹
1.- El salario mínimo que recibirán los trabajadores a nivel nacional en 2025 pasará de los 248.93 pesos diarios a los 278.80 pesos diarios, para la Zona Libre de la Frontera Norte pasará de 374.89 pesos a 419.88 pesos.
2.- El 30 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 (RMISC 2025), y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27. En RESICO Reanudación y actualización para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) entre mas facilidades para este régimen.
3.- El 18 de diciembre de 2024, en su edición vespertina, fue publicada una reforma a la Ley Federal del Trabajo, conocida como la «Ley Silla», diseñada para garantizar el derecho al descanso de las personas trabajadoras durante la jornada laboral, promoviendo su salud y bienestar.
Los empleadores deberán de proveer asientos o sillas con respaldo a las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo similares para el desempeño de su trabajo o en su caso, para el descanso periódico durante la jornada laboral.
4.- El 10 de diciembre del 2024 la Cámara de Diputados aprobó la reforma laboral con la cual los repartidores de aplicaciones digitales serán reconocidos por las empresas como empleados formales y por consiguiente, con derecho a prestaciones y seguridad social.
5.- El 31 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa en la que entre otras actividades, se prevé que el Ministerio Público podrá solicitar al juez la prisión preventiva oficiosa por cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales (Empresas fantasamas que emiten facturas), en los términos.fijados por la ley.
6.- Se propone otorgar un estímulo a personas físicas y morales cuyos ingresos no excedan de 35 millones de pesos, consistente en la eliminación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. No es aplicable a contribuyentes que:
Se hayan beneficiado de programas generalizados y masivos de condonación fiscal anteriores.
Tengan sentencia condenatoria por la comisión de delitos fiscales.
Sean publicados y no hayan desvirtuado los hechos que se les imputaron en los procedimientos establecidos en los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
7.- Ajuste al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), que se reflejará en aumentos de precios a partir del 1 de enero de 2025. Este incremento afectará a productos como combustibles, tabacos, bebidas azucaradas y alcohólicas, así como dulces y otros bienes de consumo.😱