12/09/2025
Hora. Tenemos una segunda prórroga a la reforma a la ley del Infonavit.
Desde febrero de 2025 la reforma al artículo 29 cambió las reglas del juego:
✔️ El patrón solo descuenta lo que alcance en nómina.
✔️ No hay retroactivos: lo que no se pidió antes del 1 de julio no puede cobrarse después.
✔️ No hay responsabilidad solidaria: el faltante ya no lo cubre el patrón.
✔️ El SUA 3.6.7 (versión corregida desde el 27 de agosto) es obligatorio para capturar manualmente las retenciones insuficientes.
Hasta ahí la presión era fuerte: aplicar estos cambios de inmediato, con captura manual trabajador por trabajador.
🚨 Pero hoy, 11 de septiembre de 2025, llegó un respiro: el Infonavit anunció una segunda prórroga.
🔹 Nuevo plazo: la reforma al art. 29 se aplicará formalmente hasta el 6º bimestre de 2025 (noviembre-diciembre).
🔹 Fecha de entero: 17 de enero de 2026.
🔹 Lo que se pague conforme al esquema anterior hasta diciembre no será cuestionado, bajo el principio de confianza legítima.
En otras palabras: los patrones ganan tiempo, pero no margen (casi infinito). La prórroga es un respiro operativo, no una excusa para postergar.
Y por supuesto, que los amparos que todavía algunos abogados siguen "vendiendo" por el momento no tienen caso...