31/10/2025
📢 ¡𝗔𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝘆 𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗷𝘂𝗿í𝗱𝗶𝗰𝗼𝘀❗
SUNAT ha establecido nuevos plazos para la presentación de la Declaración Jurada Informativa del Beneficiario Final. 🗓️
🔍 ¿Quiénes deben presentarla?
Personas jurídicas y entes jurídicos domiciliados en el país que no estuvieron comprendidos en las resoluciones anteriores.
📌 Plazos según ingresos netos:
- Más de 100 UIT: Octubre 2025
- Más de 50 hasta 100 UIT: Diciembre 2025
- Más de 25 hasta 50 UIT: Julio 2026
- Más de 10 hasta 25 UIT: Septiembre 2026
- Hasta 10 UIT: Noviembre 2026
💡 𝗜𝗺𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗻𝘁𝗲:
Los nuevos sujetos obligados deben cumplir con esta declaración en los plazos establecidos para evitar sanciones.