14/05/2026
El viernes 15 de mayo vence el plazo para que todas las empresas que tienen personal en planilla depositen este beneficio laborar que es la (CTS) Compensación por tiempo de servicio.
¿Qué es la CTS?
La compensación por tiempo de servicios tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia.
Se devenga desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral.
Se deposita semestralmente en la institución elegida por el trabajador.
Están comprendidos los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que cumplan una jornada mínima diaria de cuatro horas.
Sólo se toma en cuenta el tiempo de servicios efectivamente prestado en el Perú, o en el extranjero cuando el trabajador haya sido contratado en el Perú.
Son computables los días de trabajo efectivo.
Son remuneración computable la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador.
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