21/07/2023
📚𝗟𝗜𝗕𝗥𝗢𝗦 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗔𝗕𝗟𝗘𝗦 🤓 ¿Sabes qué debe llevar tu ?
Los tipos de o que estarás obligado a llevar dependerán del en el que te encuentres, sea como Persona Natural con Negocio o como Persona Jurídica ( que hayas formado).
🔴 🅣🅔🅝 🅔🅝 🅒🅤🅔🅝🅣🅐
También dependerá del volumen de anuales que estimes obtener por el desarrollo de tu .
👩🏫 Estarás obligado a llevar los siguientes libros o registros :
👉 Nuevo Régimen Único Simplificado - : No hay obligación de llevar libros ni registros contables. Sólo debes conservar los que te hubieran emitido y aquellos que sustenten las adquisiciones realizadas, en orden cronológico.
👉 Régimen Especial de Renta - : Los libros contables que estarás obligado a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas.
👉 Régimen MYPE Tributario - RMT: Teniendo en cuenta el nivel de ingresos anuales, los contribuyentes del RMT deberán llevar los siguientes libros y registros contables:
✅ Ingresos Neto hasta 300 UIT:
Registro de ventas
Registro de compras
Libro Diario de Formato Simplificado
✅ Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT
Registro de Ventas
Registro de Compras
Libro Diario
Libro Mayor
✅ Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT
Registro de Compras
Registro de Ventas
Libro Diario
Libro Mayor
Libro de Inventarios y Balances
👉 Régimen General – RG: Los contribuyentes del RG deberán llevar los siguientes libros contables en función a sus ingresos:
✅ Ingresos anuales hasta 300 UIT: Registro de Ventas, Registro de Compras y Libro Diario de Formato Simplificado.
✅ Ingresos anuales mayores a 300 UIT hasta 500 UIT: Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas.
✅ Ingresos anuales superiores a 500 UIT hasta 1700 UIT: Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas.
📢 En caso de tener ingresos anuales superiores a 1700 UIT, se requiere Contabilidad Completa, que comprende: Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Ventas y Registro de Compras.
🔔 IMPORTANTE
Los siguientes libros integrarán la contabilidad completa, siempre que te encuentres obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta:
⚡ Libro de Retenciones incisos e) y f) del artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta.
⚡ Registro de Activos Fijos.
⚡ Registro de Costos.
⚡ Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas.
⚡ Registro de Inventario Permanente Valorizado.
⭕𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚, dando clic aquí ⭕>>> https://wa.link/grupoverona