R & R Comunicaciones Corporativas

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"R & R Comunicaciones Corporativas Agrarias", es un service iqueño que garantiza el rol de las comunicaciones en la empresa privada. Brindamos total garantía en el desarrollo, la organización y conducción de eventos corporativos, difusión radial., escrita, TV, así como la producción de material impreso.

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uarios de Riego de Agua Subterránea, Asociación de Agricultores, entre otros; respaldan nuestro servicio.

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12/04/2024

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09/02/2023

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07/02/2023

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05/02/2023
02/02/2023

🔴🔔El Colegio de Periodistas del Perú - Consejo Regional de Ica
Los periodistas y comunicadores que trabajen en la administración pública deben estar colegiados y habilitados según ley.

OFICIO MULTIPLE N° 001 -CPP-ICA-2023
Señor(a):

Presente. –
Asunto: Cumplimiento de la ley N°24898 y ley N° 31676.

Tengo el honor de dirigirme a usted para expresarle el cordial saludo de los integrantes del Colegio de Periodistas del Perú – Consejo Regional de Ica, que tengo el honor de dirigir.
Mediante el presente hago de su conocimiento que de acuerdo a la Ley N° 24898 en su artículo 1° establece “que los jefes de información, agregados de prensa y los periodistas que prestan servicio al sector público, gobiernos locales, organismos descentralizados incluyendo a las empresas del Estado, sean estas públicas o mixtas, deben ser necesariamente periodistas colegiados”. Para cuyo efecto, todos los periodistas o comunicadores que laboren en las dependencias de comunicaciones, deben estar colegiados y habilitados.
Asimismo, ha entrado en vigencia la LEY Nº 31676, LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, CON LA FINALIDAD DE REPRIMIR LAS CONDUCTAS QUE AFECTAN LOS PRINCIPIOS DE MÉRITO, IDONEIDAD Y LEGALIDAD PARA, EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.
“Artículo 381. Nombramiento, designación, contratación, encargatura o aceptación ilegal de cargo: El funcionario público que nombra, designa, contrata o encarga a persona en quien no concurren los requisitos legales para un cargo público, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y con sesenta a ciento veinte días-multa. El que acepta el cargo sin contar con los requisitos legales será reprimido con las mismas penas”.
En este sentido el Colegio de Periodistas del Perú- Consejo Regional de Ica, se encuentra en permanente fiscalización para su fiel cumplimiento, de lo contrario se procederá a realizar la denuncia ante las instancias correspondientes, Ministerio Publico y Contraloría General.
Sin otro en particular, me suscribo de usted agradeciendo la atención que brinde al presente. Mag. Fernando Huaman Espinoza. Decano.

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