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¿Problemas con la planilla de tu empresa? ¡En P&Z te ayudamos y asesoramos!
05/07/2021

¿Problemas con la planilla de tu empresa? ¡En P&Z te ayudamos y asesoramos!

La   publicó el procedimiento operativo de la Ley N.° 31192. Lee la resolución completa en el siguiente enlace 👉 https:/...
19/05/2021

La publicó el procedimiento operativo de la Ley N.° 31192.

Lee la resolución completa en el siguiente enlace 👉 https://bit.ly/3f1xNXy

Infografía: Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú.

Fue publicada la Ley que libera 4 UIT de la AFP, que es hasta S/17,600La SBS tiene 15 días calendarios para publicar su ...
07/05/2021

Fue publicada la Ley que libera 4 UIT de la AFP, que es hasta S/17,600

La SBS tiene 15 días calendarios para publicar su reglamento y aplicación.

Este domingo 28 de marzo la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) desarrollará la primera jornada nacional de ...
25/03/2021

Este domingo 28 de marzo la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) desarrollará la primera jornada nacional de capacitación presencial, destinada a 518,928 miembros de mesa, entre titulares y suplentes, con miras a las elecciones generales del próximo 11 de abril.
La actividad se ejecutará entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m. en 3,591 locales, en su mayoría instituciones educativas, en las que se cumplirán todos los protocolos de seguridad y prevención contra el COVID-19. En el siguiente link conoce los locales donde se llevará a cabo la jornada de capacitación: (ubica el más cercano a tu domicilio).
Desde las 8:00 de la mañana, apenas se complete un aula, empezará cada sesión que durará aproximadamente dos horas y media. El ingreso será hasta las 2:00 pm., ya que la jornada culminará a las 4:00 de la tarde, aproximadamente.
En cada aula se ha recomendado un mínimo de 6 y un máximo de 12 miembros de mesa, con estricto cumplimiento de los protocolos de seguridad y prevención contra el COVID-19.
Durante la capacitación, los miembros de mesa serán preparados para realizar las tareas durante la instalación de la mesa, el sufragio y el escrutinio, es decir el conteo de los votos.
Para este efecto, todos ellos dispondrán de un manual de instrucciones, cuyo contenido será base de la explicación y práctica de sus tareas a ejecutar el domingo 11 de abril, desde las 6:00 de la mañana.
Asimismo, dispondrán de material electoral ficticio, como la lista y relación de electores, láminas autoadhesivas, actas electorales, entre otros, que permitirá reconocer cada uno de los materiales con los que trabajaran durante la jornada electoral.
Igualmente, se contará con láminas de capacitación en tamaño extragrande para explicación del llenado de los documentos electorales, tales como la Hoja borrador presidencial, actas de elección presidencial, congresal y de Parlamento Andino.
Para el caso de aquellas mesas de sufragio en las que se aplicará el Sistema Escrutinio Automatizado (SEA), los miembros de mesa dispondrán también de una guía especial, una laptop, impresora y USB con las aplicaciones del sistema.

“Declaración Jurada Anual”
23/03/2021

“Declaración Jurada Anual”

El fondo monetario internacional (FMI) proyectó que la economia del Perú podría expandirse un 8.5% este año, suponiendo ...
23/03/2021

El fondo monetario internacional (FMI) proyectó que la economia del Perú podría expandirse un 8.5% este año, suponiendo que la pandemia del COVID - 19, se controle a finales de marzo.
El organismo internacional indico que la segunda oleada probablemente amortiguara la recuperación económica, pero la actividad podría recuperar el impulso a raíz de la demanda interna y las condiciones comerciales favorables a medida que se alivien las restricciones en el segundo trimestre
"Las perspectivas son muy inciertas y prevalecen los riesgos a la baja, pero los amortiguadores de política son amplios", señaló el FMI en un comunicado tras las consultas del Artículo IV con el País.
La economía peruana se contrajo un 11.1% en 2020 con medidas de contención muy estrictas para mitigar el avance de la pandemia.
El FMI instó a las autoridades de Perú a evitar la retirada prematura del apoyo fiscal y dijo que la política monetaria debe seguir siendo complaciente.

El miércoles 17 de marzo, la Comisión de Economía del Congreso aprobó un predictamen que busca un nuevo retiro a favor d...
22/03/2021

El miércoles 17 de marzo, la Comisión de Economía del Congreso aprobó un predictamen que busca un nuevo retiro a favor de los aportantes de las AFP de hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 17,600 soles.
De acuerdo con la iniciativa legislativa, lo que se quiere es otorgar liquidez a favor de los afiliados al fondo privado de pensiones ante la crisis generada por la pandemia a causa del coronavirus y de esta manera aliviar sus economías.
A continuación, te explicamos todo lo que debes saber sobre esta propuesta que permite a cada aportante sacar dinero de su cuenta individual de capitalización de la AFP a la que se encuentra inscrita.

LO QUE DEBE SABER DEL PROBABLE RETIRO DE HASTA S/ 17.600:

- Tras el visto bueno recibido en la Comisión de Economía, corresponde que el predictamen pase al pleno del Congreso para su debate y eventual aprobación.
- En el caso de ser aprobado, éste será un retiro excepcional facultativo.
- El retiro de hasta 4 UIT no aplica a quienes califiquen para el Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) por Desempleo.
- El proyecto también faculta retirar el 95,5% de ahorros para quienes a sus 40 años o más no hayan aportado en cinco años. En este caso, el desembolso se realizaría en una sola armada.

¿CÓMO SE DEFINIÓ ESE MONTO?
Para definir el monto a liberar se entró a una votación que en principio planteaba sólo 2 UIT, pero se añadió tres opciones más: 10 UIT, 5 UIT y 4UIT, siendo esta última la elegida con cuatro votos a favor contra dos que eligieron las cinco UIT.
Al final fue aprobada con diez votos de los congresistas Fernando Meléndez (APP); María Teresa Céspedes y Juan de Dios Huamán (Frepap); Cecilia García (Podemos); Yvan Quispe (Frente Amplio); Guillermo Aliaga (Somos Perú); Ricardo Burga, Juan Carlos Oyola y Anthony Novoa (Acción Popular); y Javier Mendoza (UP).

Congreso promulgó hoy (18-03-2021) ley que fija topes a tasas de interés bancarias. El último viernes, el BCR dijo que e...
18/03/2021

Congreso promulgó hoy (18-03-2021) ley que fija topes a tasas de interés bancarias. El último viernes, el BCR dijo que están evaluando cómo se implementará esta norma.
El Congreso de la República publicó hoy la ley que pone topes a las tasas de interés cobradas por las entidades del sistema financiero, pese a que el Poder Ejecutivo había observado dicha norma en febrero.
Según opinión del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la norma es inconstitucional y afecta el proceso de inclusión financiera, lo que conllevaría a que los bancos otorguen menos préstamos a los usuarios.
La ley Nº 31143 aprobada por insistencia y publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano señala que las tasas de interés que cobren las empresas del sistema financiero deberán estar dentro del límite establecido por el Banco Central de Reserva (BCR).
El BCR deberá propiciar que las tasas de interés sean determinadas por la libre competencia, dentro de las tasas máximas que fije para ello en ejercicio de sus atribuciones.
Asimismo, el banco central tendrá la facultad de fijar tasas máximas y mínimas en forma semestral, con el propósito de regular el mercado. Esta competencia no podrá ser delegada a otra entidad.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) será quien vigile y supervise el cumplimiento de las tasas máximas, por lo que procederá a sancionar y denunciar ante el órgano competente a las entidades financieras que excedan dicho límite.
Con la norma también queda prohibida la capitalización de intereses y el cobro de penalidad u otra comisión o gasto en caso de incumplimiento o atraso en el pago del crédito.
Las tasas de interés moratorio serán las mismas que el BCR establezca para las operaciones ajenas al sistema financiero.
El gerente central de Estudios Económicos del BCR, Adrián Armas, informó -el último viernes- que evaluarán la forma en que implementarán la nueva facultad otorgada por el Legislativo, luego de la aprobación de los topes a las tasas de interés de los bancos.

Este domingo 11 de abril se realizarán las Elecciones Generales 2021, en donde más de 25 millones de peruanos acudirán a...
17/03/2021

Este domingo 11 de abril se realizarán las Elecciones Generales 2021, en donde más de 25 millones de peruanos acudirán a las urnas para elegir al próximo presidente de la República, congresistas e integrantes del Parlamento Andino. Esto implica el uso de multas por no ir a votar o no cumplir con ser miembro de mesa.
A fin de cumplir con esta jornada electoral de manera exitosa, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha implementado siete protocolos de bioseguridad para evitar contagios de coronavirus (COVID-19).
Sin embargo, si pese a esta disposición, quienes han sido elegidos miembros de mesa no cumplen con este encargo, deberán asumir el pago de una multa. Esta también aplicará para quienes se nieguen a reemplazar a los miembros de mesa que se encuentren ausentes.

¿Cuáles son los montos de las multas?
Las multas electorales están clasificadas en la Ley N°28859, de la siguiente forma:
S/88.00: si no acudes a votar y vives en un distrito clasificado como ‘No Pobre’ por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
S/44.00: si no votas y vives en un distrito clasificado como ‘Pobre’ por el INEI.
S/22.00: si no votas y vives en un distrito clasificado como ‘Pobre extremo’ por el INEI.
S/220.00: por no cumplir la función de miembro de mesa.
S/220.00: por negarte a conformar la mesa electoral.
Cabe precisar que el monto de las multas electorales por no votar difieren según tu clasificación como persona No Pobre, Pobre o Pobre Extremo. Tu pertenencia a cualquiera de estos grupos, según tu distrito de residencia se realiza a través del distrito que aparece en tu Documento Nacional de Identidad (DNI).
Hasta que no cumplas con pagar tu multa por no ir a votar, hay ciertas sanciones que debes conocer:
No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc.).
No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.
No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.
No podrás ser nombrado funcionario público.
No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.
Si no pagas tu multa, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias y otros.

¿Tengo una multa electoral?
Si quieres conocer si es que tienes alguna multa por no ir a votar o no ser miembro de mesa pendiente de pago, puedes hacer los siguientes pasos en el portal oficial del JNE:
Ingresa al link: https://multas.jne.gob.pe/login
Te pedirán tu número de DNI y el código que te muestra en el cuadro inferior.
Da clic en Consultar y obtendrás el resultado.
Fuente: Diario "Gestion", del día 17-03-2021

Siempre resulta importante los seguros que protegen a una persona en caso de fallecer, los cuales proporcionan una ayuda...
16/03/2021

Siempre resulta importante los seguros que protegen a una persona en caso de fallecer, los cuales proporcionan una ayuda finaciera a los familiares.
Algunos de estos seguros son obligatorios y otros se pueden contratar de forma voluntaria.
1. SOAT: En caso de un accidente de tánsito y fallece el conductor del vehiculo, el SOAT brinda a los deudos una indemnización de 4 UIT (S/.17,600). También cubre gastos por sepelio por hasta 1 UIT (S/. 4,400)
2. Seguro del peaje: Si el fallecimiento se da en una vía concesionada, estas cuentan con un seguro que brinda indemnizaciones por sepelio y muerte. El monto varía según cada carretera concesionada
3. Crédito hipotecario: Si la persona fallecida estaba pagando un crédito hipotecario, este cuenta con un seguro de desgravamen. El seguro cubre el saldo deudor, cualquiera sea el monto pendiente por pagar, indicó Eduardo Chávez, Gerente Legal de la Asociación Peruana de Empresas y Seguros (APESEG)
4. Tarjeta de Crédito: Estas deudas también cuentan con un seguro de desgravamen y operan de la misma forma que un crédito hipotecario. Es decir, el seguro cancela la deuda pendiente que tenga la persona al fallecer
5. Crédito Vehicular: Cuanta con un seguro de desgravamen y un seguro vehicular. El primero cubre la deuda del crédito y el segundo cubre los daños sufridos por el vehículo.
6. Seguro por AFP: Los afiliados a las AFP cuentan con un seguro que brinda una pensión de sobrevivencia a los familiares del fallecido (cónyugue e hijos)
7. EsSalud: En caso de fallecimiento, los asegurados cuentan con una indemnización de S/. 2,070 por sepelio.
8. Seguro de Vida Ley: Los empleadores están obligados a contratar este seguro para sus trabajadores. Da cobertura en caso de fallecimiento ya sea dentro o fuera del centro de labores. En caso de muerte natural la cobertura es de 16 sueldos. Y en caso de muerte accidental la cobertura es de 32 sueldos
9. El SCTR: El Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo están obligados a contratarlo los empleadores de una lista de actividades (entre ellas minería y construcción). Para dar cobertura de pensión el fallecimiento debió darse durante la realización de las actividades laborales.
10. Seguros voluntarios: Las personas pueden adquirir un clásico seguro de vida. Otra opción son los seguros de renta estudiantil, ya sea para colegios o universidades, el cual cubre el costo del financiamiento de la pensión para los estudios de los hijos del fallecido.
Fuente: Diario "Gestión", del día 11-03-2021

Se pueden fraccionar o aplazar deudas a partir de los S/ 440 (10% de la UIT) y la cuota no puede ser menor de S/ 220 (5%...
16/03/2021

Se pueden fraccionar o aplazar deudas a partir de los S/ 440 (10% de la UIT) y la cuota no puede ser menor de S/ 220 (5% de la UIT), señaló la Sunat.
Las personas naturales que presentaron la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 y que tienen un importe pendiente por pagar pueden solicitar inmediatamente el fraccionamiento de esa deuda, mediante un trámite sencillo que se realiza en línea, informó la Sunat.
Indicó que esta alternativa también la tienen aquellas empresas que en el año 2020 tuvieron ingresos que no superaron los S/ 645,000 (150 UIT).
Las personas que cuentan con esta deuda tributaria deben ingresar al enlace que aparece una vez que efectúan la declaración anual. De no presentar la solicitud de fraccionamiento en ese momento, podrán hacerlo luego de haber transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de la declaración, ingresando a SUNAT Operaciones en Línea.
Al presentar la solicitud, el contribuyente tiene la opción de solicitar el aplazamiento de su deuda hasta por seis meses, el fraccionamiento hasta por 72 meses o el aplazamiento y fraccionamiento juntos, que no exceda los 72 meses. Solo se pueden fraccionar o aplazar deudas a partir de los S/ 440 (10% de la UIT) y la cuota no puede ser menor de S/ 220 (5% de la UIT).
La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. No se solicitará una cuota de acogimiento, cuando la deuda sea menor a 3 UITs y el número de cuotas sea hasta en 12 meses. En el caso de las personas naturales no será necesaria la presentación de garantías; en el de las empresas, se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UITs.
Luego de seleccionar la cantidad de cuotas para cancelar la deuda tributaria y de enviar la solicitud, ésta será validada y notificada al contribuyente, en caso sea aprobada.
Se estima que este año deben presentar la declaración unas 600,000 personas naturales, de las cuales, 250,000 tendrán una devolución. Aquellos que no lo tengan, tienen la opción de acogerse al fraccionamiento. Cabe indicar que en la anterior campaña de Renta Anual 2019, se presentaron un total de 52,000 solicitudes de fraccionamiento.

Fuente: Diario "Gestion", del 12-03-2021

16/03/2021

El Fondo Monetario Internacional pronosticó recientemente que el PBI de Latinoamérica rebotaría este año un 4.1% tras sufrir una contracción de 7.4% en el 2020, una caída superior a la experimentada en los años 1914 y 1930 cuando la economía de la región se redujo en torno al 5%.
Las prolongadas medidas de confinamiento y las fuertes restricciones a la movilidad que algunos países han aplicado, la drástica disminución del turismo, la existencia de altas tasas de empleo informal, la baja penetración del trabajo en remoto, la debilidad de los sistemas sanitarios e, incluso, el negacionismo con el que han coqueteado los mandatarios de México y Brasil, son las principales razones que explican que la región se haya contraído más que ninguna otra del planeta.

El efecto más grave de esta fuerte contracción es el aumento de las tasas de pobreza. Se estima que en 2020, la pobreza habrá aumentado hasta los 230 millones de personas y que la pobreza extrema rondará los 100 millones. Unas cifras que retroceden a los niveles de hace 14 años

Para luchar contra los efectos económicos de la pandemia, los Bancos Centrales de la región han disminuido los tipos de interés de forma notable e, incluso, se han aventurado en territorios no convencionales a través programas de estímulo monetario.

Por su parte, los Gobiernos se embarcaron en planes de estímulo fiscal al objeto soportar, en la medida en lo posible, la actividad económica. Aunque su cuantía, equivalente al 7% del PBI, queda muy lejos del 20% que en media dedicaron las economías más avanzadas.

Pero lo cierto es que, aunque el impacto económico del COVID ha sido muy fuerte, podría haber sido peor, porque algunos de los shocks adversos a los que se enfrentó la región durante la primera mitad del año, mejoraron sustancialmente durante el segundo semestre.

En primer lugar, la salida de capitales. Durante los primeros meses de la pandemia Latinoamérica sufrió una sangría de capitales, que puso a muchas economías contra las cuerdas al provocar una acusada depreciación de sus divisas. Pero afortunadamente, una vez que la situación se estabilizó y los mercados se calmaron, Gobiernos y empresas no tuvieron grandes problemas para captar capitales.

Otro aspecto que mejoró sensiblemente fue la llegada de remesas, a pasar que las estimaciones iniciales preveían que podrían caer en torno al 20%, por el aumento del desempleo en Estados Unidos, de donde proceden el 80% de las mismas. Pues bien, no sólo no se cumplió ese augurio, sino que aumentaron sensiblemente. En el caso de México, han crecido casi un 12%, hasta superar los US$ 40,000 millones, una cifra record.

Por último, también se esperaba que las exportaciones de la región se contrajesen en torno al 15% durante 2020. Al final la caída no ha sido tan acusada gracias a la recuperación de los precios de las materias primas, que han experimentado un importante rally alcista desde sus mínimos del mes de abril por el tirón de la economía china. Baste como ejemplo que el petróleo, en los dos primeros meses de 2021 se ha revalorizado un 25%, el cobre 18% o la soja más del 6%.
Además, como la contracción de las importaciones ha sido mucho mayor, por la compleja situación económica que están afrontando todos los países, el resultado ha sido un aumento del superávit comercial hasta niveles en torno al 2% de PIB.

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