01/10/2023
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA QUE POSTERGA LA OPORTUNIDAD DESDE LA CUAL DEBEN LLEVAR SUS REGISTROS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRONICOS A DETERMINADOS SUJETOS OBLIGADOS A ELLO A PARTIR DEL PERIODO OCTUBRE 2023
La Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT, emitida el 25 de septiembre de 2023, tiene como objetivo postergar la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para ciertos sujetos obligados. Aquí tienes un resumen de los puntos clave de esta normativa:
Antecedentes: Esta resolución modifica la Resolución de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT, que establece el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para el registro electrónico de ventas e ingresos y el registro de compras. El SIRE es utilizado por aquellos sujetos obligados por la ley a llevar estos registros de acuerdo con la Ley del Impuesto General a las Ventas e
Impuesto Selectivo al Consumo.
OBLIGADOS AL SIRE: Hasta la fecha de la resolución, estaban obligados a utilizar el SIRE los sujetos comprendidos en el anexo N° 7 de la Resolución, así como aquellos que en los períodos julio, agosto o setiembre de 2023 hubieran adquirido la obligación de
llevar los registros en el SLE-PLE o SLE-Portal o hubieran optado por afiliarse al uso del SIRE.
DIFICULTADES PARA ALGUNOS SUJETOS: La resolución reconoce que algunos sujetos que emiten un gran número de comprobantes de pago requieren más tiempo para adecuar sus sistemas y cumplir con la obligación de llevar los registros a través del SIRE.
POSTERGACION DE LA OBLIGACION: En respuesta a estas dificultades, la resolución posterga la obligación de llevar los registros a través del SIRE desde octubre de 2023 hasta enero de 2024 para ciertos sujetos. No obstante, esta postergación no se aplica a los sujetos comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario creado por el Decreto Legislativo N° 1269, que tienen la obligación de usar el SLE-PLE y el SLE-Portal regulados por las Resoluciones de Superintendencia N.os 286-2009/SUNAT y 066-2013/SUNAT, respectivamente.
FACILITACION DE LA IMPLEMENTACION: La finalidad de esta resolución es facilitar la implementación del SIRE para los sujetos
comprendidos en la postergación establecida en el artículo 1.
MODIFICACIONES A LA RESOLUCION: La resolución modifica varios artículos de la Resolución de Superintendencia N° 000112 2021/SUNAT y la Resolución de Superintendencia N° 000040-2022/SUNAT para reflejar estos cambios.
VIGENCIA: La resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación.
En resumen, esta resolución de la SUNAT posterga la obligación de llevar los registros de ventas e ingresos y compras a través del
Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para ciertos sujetos hasta enero de 2024, con el objetivo de facilitar la
implementación del sistema para aquellos que emiten un gran número de comprobantes de pago.
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