01/09/2021
🙋 🏠 De acuerdo a la SUNAT, las rentas de primera categoría son los ingresos obtenidos producto del arrendamiento, subarrendamiento o cesión de bienesmuebles o inmuebles; también se consideran rentas de primera categoría a la cesión gratuita o a precio no determinado de estos bienes.
👩🏫 Algunas de las principales actividades que generan este tipo de renta son:
👉 El alquiler de tu casa, departamento, cochera u otros bienes inmuebles; así como el alquiler de autos, maquinarias, herramientas, u otros bienes muebles.
👉 Si eres inquilino, el alquiler de todo o parte del inmueble que ocupas a otra persona (subarrendamiento).
🔴 ¿Quién debe pagar?
La SUNAT informa que, le corresponde pagar el impuesto al:
➡ Propietario: Por los ingresos que recibe por concepto de alquiler de sus bienes muebles o inmuebles, por las mejoras no reembolsables incorporadas a su predio y por ceder gratuitamente o a precio no determinado sus bienes.
➡Inquilino: Por los ingresos que obtenga producto de subarrendar todo o parte del inmueble que ocupa.
¿Cuándo se paga?
Los pagos del impuesto a la renta de primera categoría se dan en 2 momentos: Pagos Mensuales y Anuales. Cabe precisar que estos pagos constituyen también una declaración jurada de los ingresos obtenidos, de ahí que se le denomine “declaración y pago”.
🧑💼 ¿Cuánto se debe pagar?
El cálculo mensual y anual del impuesto a la renta de primera categoría se puede determinar de dos formas:
✅ Sobre la base de la Renta Bruta (total de ingresos obtenidos), aplicando la tasa efectiva del 5%
✅Sobre la base de la Renta Neta (total de ingresos obtenidos - 20%), aplicando la tasa del 6.25%. Con cualquiera de estas formas, el resultado será el mismo