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Estudio Contable G&G Asesores Y Consultores. ESTUDIO CONTABLE GYG ASESORES Y CONSULTORES
Somos una empresa con más de 20 años de experiencia, brindando asesoría Contable, tributaria, financiera, laboral

ASESORES Y CONSULTORES VP es un Estudio Contable creado en el año 2005 contando con experiencia y profesionalismo en cada uno de sus actos, brindando a sus Clientes eficiencia, eficacia y economía en respuesta a la confianza que nos depositan. Nuestra atención es personalizada y con trabajo en equipo. ASESORES Y CONSULTORES VP¨ tiene como lema de acción: Que si Usted tiene PROBLEMAS nosotros tenemos SOLUCIONES esto hace que en todo momento busquemos un camino seguro y sin obstáculos para encontrar respuesta a cualquier problema tributario o financiero, buscando que Usted tenga un beneficio importante y que la inversión que ha efectuado en su corta o larga vida empresarial no se desvanezca por malas asesorías y toma de caminos errados. Para esto no pedimos que cambie de Contador, sino que tenga en nosotros como Estudio, una Corporación de Asesoría Integral y de opinión respetable para con sus consultas. ASESORES Y CONSULTORES VP con Espíritu de Progreso entrega a Ustedes que recién nos conocen una mano extendida en calidad de apoyo, sin ningún compromiso, para que con nuestro afán de cumplir con nuestra Ética Profesional crear una conciencia empresarial para utilidad única y exclusivamente de Usted y de sus negocios. ASESORES Y CONSULTORES VP como sus futuros Asesores estamos convencidos que no lo defraudaremos en ninguna oportunidad. Consúltenos y se convencerá.

📊✨ En este Día del Contador Público Colegiado, expresamos nuestro reconocimiento a quienes ejercemos esta importante pro...
11/09/2026

📊✨ En este Día del Contador Público Colegiado, expresamos nuestro reconocimiento a quienes ejercemos esta importante profesión con ética, compromiso y excelencia.

Gracias por contribuir con su valiosa labor al crecimiento, orden y transparencia de las empresas.

¡Feliz Día del Contador Público Colegiado! 🎉

G&G Asesores y Consultores
Tu confianza, nuestra experiencia.

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02/09/2026

💼✨ ¡TU NEGOCIO MERECE CRECER CON TRANQUILIDAD Y SEGURIDAD!

¿Tienes dudas sobre tus declaraciones, trámites ante SUNAT o la formalización de tu empresa? 🤔
En ESTUDIO CONTABLE G&G ASESORES Y CONSULTORES te acompañamos de manera personalizada para que cumplas correctamente con tus obligaciones y tomes mejores decisiones para tu negocio.

📚 Somos especialistas en materia contable, tributaria, laboral y derecho tributario, brindando soluciones prácticas para emprendedores, MYPES y empresas.

✅ NUESTROS SERVICIOS

🔹 Constitución y formalización de empresas
🔹 Declaraciones mensuales y anuales ante SUNAT
🔹 Facturación electrónica y guías de remisión electrónicas, transportista
🔹 Elaboración y declaración de planillas, PLAME, AFP y ONP
🔹 Devolución de percepciones para contribuyentes del NRUS
🔹 Implementación y manejo del SIRE
🔹 Trámites ante SUNAT, SUNARP, MTC, SEACE y otras entidades públicas
🔹 Asesoría contable, tributaria y laboral personalizada

🎯 Nosotros nos encargamos de tus procesos contables y tributarios para que tú puedas concentrarte en hacer crecer tu negocio.

🎁 ¡Consulta inicial gratuita!
Despeja tus dudas y recibe orientación profesional sin costo.

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🚨📊 CAMBIOS TRIBUTARIOS QUE PODRÍAN PRESENTARSE A PARTIR DE 2027Durante 2026 vencería la vigencia de 13 tratamientos trib...
02/09/2026

🚨📊 CAMBIOS TRIBUTARIOS QUE PODRÍAN PRESENTARSE A PARTIR DE 2027

Durante 2026 vencería la vigencia de 13 tratamientos tributarios especiales. Frente a esta situación, el Gobierno plantea revisar sus resultados antes de decidir si corresponde mantenerlos. 📆🔍

La nueva política fiscal buscaría evitar que las exoneraciones y facilidades tributarias sean renovadas automáticamente.

💡 ¿En qué consisten estos tratamientos?

Son disposiciones que otorgan condiciones tributarias diferentes a determinadas actividades, productos, sectores económicos o zonas del país.

Pueden incluir:

✅ Liberación del pago de determinados impuestos.
✅ Aplicación de porcentajes menores.
✅ Deducciones adicionales.
✅ Recuperación o devolución de impuestos.
✅ Operaciones que no se encuentran gravadas.

💰 ¿Por qué se está evaluando su continuidad?

El MEF calcula cuánto podría recaudar el Estado si estos tratamientos especiales no existieran. A esta estimación se le denomina gasto tributario.

📌 Para 2026, el monto estimado sería de aproximadamente S/26,350 millones.

📌 Para 2027, alcanzaría cerca de S/27,697 millones.

Estas cifras equivaldrían a más del 2% de la producción nacional y superarían el 12% de los ingresos tributarios proyectados. 📉🏛️

🧾 EL IGV CONCENTRA EL MAYOR IMPACTO

La mayor parte del gasto tributario se origina en tratamientos especiales relacionados con el IGV.

Para 2027, este concepto representaría alrededor de:

💵 S/20,800 millones

Entre los sectores y zonas con mayor participación se encontrarían:

🌾 Determinados productos del sector agrícola, con un impacto cercano a S/4,500 millones.

🌴 Las operaciones beneficiadas en la Amazonía, por aproximadamente S/4,000 millones.

Por su parte, las medidas vinculadas con el Impuesto a la Renta superarían los S/5,100 millones. 📈

⚠️ ¿QUÉ OCURRIRÍA SI ALGUNO DE ESTOS TRATAMIENTOS TERMINA?

Cuando una disposición pierde vigencia y no es renovada, las operaciones comprendidas podrían pasar a tributar bajo las condiciones generales.

Dependiendo de cada actividad, esto podría producir:

🔸 Aumento de costos operativos.
🔸 Revisión de precios de venta.
🔸 Cambios en la rentabilidad empresarial.
🔸 Nuevas responsabilidades tributarias.
🔸 Ajustes en la facturación y contabilidad.
🔸 Modificaciones en los presupuestos.

🚨 La revisión anunciada no significa que todos los beneficios hayan sido eliminados. Cada medida tendría que analizarse individualmente y cualquier cambio requeriría el respaldo legal correspondiente.

🤔 ¿DEBEN CONSERVARSE O RETIRARSE?

La decisión no debería basarse únicamente en cuánto deja de recaudar el Estado. También debe comprobarse si cada medida genera resultados positivos, como:

👷 Más puestos de trabajo.
🏪 Mayor formalización.
📈 Nuevas inversiones.
🌎 Desarrollo regional.
🚢 Crecimiento de las exportaciones.
🛒 Menores precios para los consumidores.

✅ Si una medida cumple su propósito y beneficia efectivamente a la población, podría ser conveniente mantenerla.

❌ Si no produce los resultados esperados, podría ser necesario corregirla, limitarla o dejarla sin efecto.

📢 Las personas y empresas que aplican algún tratamiento tributario especial deben mantenerse informadas y revisar su fecha de vigencia, sus requisitos y el posible impacto de cualquier modificación.

📰 Fuente: Diario Gestión – Marco Macroeconómico Multianual 2027-2030.

📢 SUNAT EXIGE CORREO ELECTRÓNICO Y CELULAR VALIDADOS EN EL RUCLa Resolución de Superintendencia N.° 000121-2026/SUNAT es...
02/09/2026

📢 SUNAT EXIGE CORREO ELECTRÓNICO Y CELULAR VALIDADOS EN EL RUC
La Resolución de Superintendencia N.° 000121-2026/SUNAT establece que todos los sujetos obligados a inscribirse en el RUC deben registrar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.
Esta obligación alcanza a personas naturales, personas jurídicas, empresas, entidades y representantes legales inscritos en el RUC.
✅ ¿Cómo se validan los datos?
SUNAT puede enviar códigos de verificación al correo electrónico y al número de celular declarados. El contribuyente deberá ingresar estos códigos en SUNAT Virtual o SUNAT Operaciones en Línea para confirmar que los datos son correctos.
Esta validación también es importante para:
🔹 Generar o recuperar la Clave SOL.
🔹 Realizar determinados trámites virtuales.
🔹 Recibir comunicaciones relacionadas con el RUC.
🔹 Reforzar la seguridad de la cuenta del contribuyente.
🔹 Solicitar autorización para imprimir documentos, cuando corresponda.
La norma también aprobó los siguientes formularios:
📄 Formulario Virtual 3130-1: “Quiero abrir un negocio”.
📄 Formulario Virtual 3130-2: “Quiero iniciar actividades como trabajador independiente”.
Estos formularios facilitan el cambio de persona natural sin negocio a persona natural con negocio, o viceversa, junto con otros trámites relacionados.
⚠️ Los contribuyentes inscritos antes de la entrada en vigencia de la norma que no habían informado ambos datos debían comunicarlos hasta el 31 de agosto de 2026. Si todavía no cumplió, recomendamos revisar y actualizar inmediatamente su ficha RUC.
Recuerde: un correo o número celular desactualizado puede dificultar sus trámites y comprometer la seguridad de su Clave SOL.
📌 Base legal: R.S. N.° 000121-2026/SUNAT.
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📢 SUNAT AMPLÍA EL PLAZO PARA REGULARIZAR EL SIRE SIN SANCIONESMediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunt...
02/09/2026

📢 SUNAT AMPLÍA EL PLAZO PARA REGULARIZAR EL SIRE SIN SANCIONES

Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000041-2026-SUNAT/700000, SUNAT amplió la aplicación de su facultad discrecional para no sancionar determinadas infracciones relacionadas con el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE), llevados mediante el SIRE.

✅ ¿Qué periodos están comprendidos?

La medida comprende las infracciones correspondientes a los periodos de agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2026, así como enero de 2027.

✅ ¿Hasta cuándo se puede regularizar?

Los contribuyentes comprendidos podrán generar sus registros electrónicos o realizar los ajustes correspondientes en el SIRE hasta el 28 de febrero de 2027.

⚠️ Es importante aclarar que esta disposición no elimina la obligación de llevar correctamente los registros electrónicos. Se trata de una oportunidad para subsanar determinadas omisiones o inconsistencias sin la aplicación de las sanciones comprendidas en la resolución, siempre que se cumplan las condiciones y el plazo establecido.

Recomendamos revisar oportunamente:

🔹 Las propuestas del Registro de Ventas y del Registro de Compras.
🔹 Los comprobantes emitidos y recibidos.
🔹 Las diferencias entre los comprobantes electrónicos y el SIRE.
🔹 Los registros pendientes de generación.
🔹 Los ajustes que deban efectuarse antes del vencimiento.

No espere hasta febrero de 2027. Una revisión preventiva permitirá corregir errores y evitar futuras contingencias tributarias.

📌 Base legal: R.S.N.A.T.I. N.° 000041-2026-SUNAT/700000.

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08/08/2026

⏰🚨 **¡ATENCIÓN, EMPRENDEDORES Y EMPRESAS!** 🚨⏰

📢 Se acercan los vencimientos correspondientes a las **obligaciones tributarias del periodo julio 2026**. Recuerda que la fecha de presentación depende del **último dígito de tu RUC**. 🔢📅

🔍 Consulta nuestro cronograma y cumple oportunamente con tus obligaciones ante la SUNAT. 🏢✅

📌 **Principales obligaciones tributarias:**

📚 Presentación de los **Registros Electrónicos SIRE**.
📝 Declaración mensual de impuestos.
💰 Pago del IGV y del Impuesto a la Renta.
🧾 Revisión de comprobantes de compras y ventas.
🏦 Verificación de retenciones, percepciones y detracciones.
📂 Regularización de información o documentos pendientes.

🗓️ Los vencimientos de los **Registros Electrónicos SIRE** comienzan el **17 de agosto de 2026**.

🗓️ Las fechas para las **declaraciones y pagos mensuales** comienzan el **18 de agosto de 2026**.

⚠️ Presentar o pagar después del vencimiento puede ocasionar:

💸 Multas tributarias.
📈 Intereses moratorios.
❌ Pérdida de beneficios tributarios.
📑 Inconsistencias en los registros electrónicos.
📨 Notificaciones o comunicaciones de la SUNAT.

⏳ **¡No esperes hasta el último día!**

📋 Organiza anticipadamente tus comprobantes de compras y ventas, estados de cuenta bancarios, constancias de detracción y demás documentos necesarios para efectuar correctamente tu declaración mensual.

💼 En **– Estudio Contable G&G Asesores y Consultores ** te ayudamos con la revisión, elaboración y presentación oportuna de tus obligaciones tributarias. 🤝📊

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✅ Mantén tu contabilidad ordenada.
✅ Declara y paga dentro del plazo.
✅ Evita multas e intereses.
✅ Cumple correctamente con la SUNAT.

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🚛📄 ¿QUIÉN DEBE EMITIR LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA? 🤔Si realizas el traslado de bienes, es importante conocer qué tip...
10/07/2026

🚛📄 ¿QUIÉN DEBE EMITIR LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA? 🤔
Si realizas el traslado de bienes, es importante conocer qué tipo de Guía de Remisión Electrónica (GRE) debes emitir para cumplir con las disposiciones de la SUNAT y evitar sanciones.
✅ GRE – Remitente: La emite el propietario o poseedor de los bienes.
✅ GRE – Transportista: La emite la empresa o persona que presta el servicio de transporte.
📌 Emitir la guía correcta te permite: ✔ Sustentar legalmente el traslado de bienes. ✔ Evitar multas y contingencias tributarias. ✔ Cumplir con la normativa vigente de la SUNAT. ✔ Brindar mayor seguridad y trazabilidad a tus operaciones.
💼 En VP Estudio Contable – Asesores y Consultores te ayudamos a implementar correctamente las Guías de Remisión Electrónicas y a mantener tu empresa al día con todas sus obligaciones tributarias.
📲 Contáctanos hoy mismo y recibe asesoría personalizada.
📞 964 818 737

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