02/09/2026
🚨📊 CAMBIOS TRIBUTARIOS QUE PODRÍAN PRESENTARSE A PARTIR DE 2027
Durante 2026 vencería la vigencia de 13 tratamientos tributarios especiales. Frente a esta situación, el Gobierno plantea revisar sus resultados antes de decidir si corresponde mantenerlos. 📆🔍
La nueva política fiscal buscaría evitar que las exoneraciones y facilidades tributarias sean renovadas automáticamente.
💡 ¿En qué consisten estos tratamientos?
Son disposiciones que otorgan condiciones tributarias diferentes a determinadas actividades, productos, sectores económicos o zonas del país.
Pueden incluir:
✅ Liberación del pago de determinados impuestos.
✅ Aplicación de porcentajes menores.
✅ Deducciones adicionales.
✅ Recuperación o devolución de impuestos.
✅ Operaciones que no se encuentran gravadas.
💰 ¿Por qué se está evaluando su continuidad?
El MEF calcula cuánto podría recaudar el Estado si estos tratamientos especiales no existieran. A esta estimación se le denomina gasto tributario.
📌 Para 2026, el monto estimado sería de aproximadamente S/26,350 millones.
📌 Para 2027, alcanzaría cerca de S/27,697 millones.
Estas cifras equivaldrían a más del 2% de la producción nacional y superarían el 12% de los ingresos tributarios proyectados. 📉🏛️
🧾 EL IGV CONCENTRA EL MAYOR IMPACTO
La mayor parte del gasto tributario se origina en tratamientos especiales relacionados con el IGV.
Para 2027, este concepto representaría alrededor de:
💵 S/20,800 millones
Entre los sectores y zonas con mayor participación se encontrarían:
🌾 Determinados productos del sector agrícola, con un impacto cercano a S/4,500 millones.
🌴 Las operaciones beneficiadas en la Amazonía, por aproximadamente S/4,000 millones.
Por su parte, las medidas vinculadas con el Impuesto a la Renta superarían los S/5,100 millones. 📈
⚠️ ¿QUÉ OCURRIRÍA SI ALGUNO DE ESTOS TRATAMIENTOS TERMINA?
Cuando una disposición pierde vigencia y no es renovada, las operaciones comprendidas podrían pasar a tributar bajo las condiciones generales.
Dependiendo de cada actividad, esto podría producir:
🔸 Aumento de costos operativos.
🔸 Revisión de precios de venta.
🔸 Cambios en la rentabilidad empresarial.
🔸 Nuevas responsabilidades tributarias.
🔸 Ajustes en la facturación y contabilidad.
🔸 Modificaciones en los presupuestos.
🚨 La revisión anunciada no significa que todos los beneficios hayan sido eliminados. Cada medida tendría que analizarse individualmente y cualquier cambio requeriría el respaldo legal correspondiente.
🤔 ¿DEBEN CONSERVARSE O RETIRARSE?
La decisión no debería basarse únicamente en cuánto deja de recaudar el Estado. También debe comprobarse si cada medida genera resultados positivos, como:
👷 Más puestos de trabajo.
🏪 Mayor formalización.
📈 Nuevas inversiones.
🌎 Desarrollo regional.
🚢 Crecimiento de las exportaciones.
🛒 Menores precios para los consumidores.
✅ Si una medida cumple su propósito y beneficia efectivamente a la población, podría ser conveniente mantenerla.
❌ Si no produce los resultados esperados, podría ser necesario corregirla, limitarla o dejarla sin efecto.
📢 Las personas y empresas que aplican algún tratamiento tributario especial deben mantenerse informadas y revisar su fecha de vigencia, sus requisitos y el posible impacto de cualquier modificación.
📰 Fuente: Diario Gestión – Marco Macroeconómico Multianual 2027-2030.