19/06/2020
Notarios constituirán MYPE a tarifa social de 50 soles
Corroborando su apoyo a los micro y pequeños empresarios del país, la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú firmó, el 16 de junio del presente, un convenio marco con el Programa Nacional Tu Empresa (Min. de la Producción), por el cual ambas instituciones, promoviendo la formalización de estas unidades productivas, establecieron una Tarifa Social para la constitución de empresas MYPE en las notarías del país, la que no excederá los 50 soles.
El pacto institucional alienta con ello, también, la competitividad de los micro y pequeños empresarios.
Al respecto, el Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, Dr. Mario Romero Valdivieso, agradeció a la Ministra de la Producción, Rocío Barrios Alvarado, y a los Notarios del país por estar identificados con el proceso de mejoramiento de la productividad de los micro y pequeños empresarios.
Agregó que el convenio era un esfuerzo conjunto del Notariado peruano y el Estado; importante, igualmente, por establecerse en un momento tan complicado para el país, como es la vigencia de la Emergencia Sanitaria Nacional por el brote de la Covid-19.
El representante del Notariado peruano ratificó su compromiso con los emprendedores nacionales, pues existen alternativas para su formalización. "Tienen al Notario a su lado, muy cerca, comprometido con el proceso de formalización, comprometido con la sociedad y a favor de la reactivación del país", declaró.
El Dr. Romero Valdivieso, también Decano del Colegio de Notarios de Lima (CNL), explicó que, de acuerdo al convenio, la constitución de empresas MYPE en notarías tendrá un costo máximo de 50 soles, una Tarifa de Contenido Social que se mantendrá durante la permanencia de la Emergencia Sanitaria Nacional.
Según el Convenio, los Notarios deberán promover la mencionada Tarifa Social, dentro de la autonomía que les corresponde, para la constitución de empresas cuyo capital social sea de hasta 3 UIT (12900 soles) y con no más de dos socios, sin perjuicio de la exoneración de derechos registrales a favor de las empresas que se constituyan con un capital de una UIT (4300 soles), conforme al Decreto Supremo 006-2020-PRODUCE o de la norma que lo modifique.
Página Web CNL, Jueves 18 de junio de 2020, Sección Noticias. Ver Nota Completa.
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