El ABC de las Contrataciones con el Estado.

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El ABC de las Contrataciones con el Estado. Contrataciones con el Estado

A través del Decreto Supremo N° 051-2024-EF, publicada en el diario oficial El Peruano el pasado 13 de abril de 2024 (vi...
19/06/2024

A través del Decreto Supremo N° 051-2024-EF, publicada en el diario oficial El Peruano el pasado 13 de abril de 2024 (vigente al día siguiente de su publicación), se modificó diversos artículos del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF.

Sobre el particular, se estableció que, las entidades públicas en general, estarán autorizadas para contratar obras que comprendan el diseño y construcción utilizando ciertas modalidades (llave en mano o concurso oferta) establecidas en la Ley de Contrataciones con el Estado y su Reglamento, siempre y cuando el presupuesto estimado del Proyecto o valor referencial corresponda a una Licitación Pública. Las mencionadas modalidades también resultan aplicables a la contratación por paquete, ente otras modificaciones, tenemos que:

✅ Cuando resulte técnicamente viable y siempre que se cuenta con la conformidad expresa por parte del área usuaria, se establece la posibilidad de realizar aprobaciones parciales del expediente técnico de obra, sin que ello suponga la necesidad de que cada parte a aprobar tenga funcionalidad independiente.

✅ En relación a lo señalado precedentemente, cabe señalar que las aprobaciones parciales del expediente técnico de obra son aplicables para las Entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, siempre y cuando hayan alcanzado un porcentaje de ejecución financiera de inversiones mayor o igual al 70% en los dos (02) últimos años fiscales.

✅ Recordemos que la obligatoriedad de la incorporación de una Junta de Resolución de Disputas con la norma solo era posible en contratos con montos iguales o superiores a cinco millones de Soles (S/ 5,000,000.00). Ahora bien, con esta modificatoria, en los contratos de obra, que no comprendan diseño y construcción, es obligatoria la incorporación de la JRD en contratos cuyo monto sea superior a veinte millones de Soles (S/ 20,000,000.00); sin perjuicio de ello, se permite a que las partes puedan acordar esta incorporación a la cláusula de solución de controversias en contratos cuyo monto sea inferior al mencionado.

Sin perjuicio del comentario sobre las modificaciones antes señaladas, el OSCE ha presentado hace poco más de un mes atrás una “línea de tiempo” respecto a la actual Ley de contrataciones con el Estado y sus múltiples modificatorias, el cual comparto con ustedes.

Topes para cada procedimiento de selección 2024 (bienes, servicios y obras)
04/01/2024

Topes para cada procedimiento de selección 2024 (bienes, servicios y obras)

Está Ley tiene como finalidad habilitar fuentes de financiamiento adicionales a los gobiernos regionales y locales para ...
19/12/2023

Está Ley tiene como finalidad habilitar fuentes de financiamiento adicionales a los gobiernos regionales y locales para la adquisición y provisión de maquinaria y equipo hasta el 31 de diciembre de 2026, lo cual permitirá hacer frente ante el riesgo de desastres.

Cabe señalar que dicha Ley deberá ser reglamentada por el MEF en el plazo de 30 días calendario.

Agradezco a Amachaq - Escuela Jurídica por su amable invitación para dictar en el "Diplomado en Derecho Administrativo y...
09/03/2022

Agradezco a Amachaq - Escuela Jurídica por su amable invitación para dictar en el "Diplomado en Derecho Administrativo y Contrataciones con el Estado" con el tema "El Sistema Nacional de Abastecimiento".

Les dejo el link para Inscripciones: https://bit.ly/diplomado-administrativo-marzo

Espero contar con su presencia.

Robert Orcada Villalva.

26/06/2021

🚨 LO ÚLTIMO‼️

El día de hoy 26/06/2021, se publicó en el diario oficial El Peruano diversas MODIFICACIONES al Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (Decreto Supremo N° 162-2021-EF)

👉 Descargar modificaciones aquí:

A proposito de la Resolución Ministerial N° 141-2021-EF/ 54, que ha dispuesto la publicación del Proyecto de Ley de Cont...
05/05/2021

A proposito de la Resolución Ministerial N° 141-2021-EF/ 54, que ha dispuesto la publicación del Proyecto de Ley de Contrataciones del Estado y su exposición de motivos.

Se viene una nueva LCE 👊🏻

Comparto con ustedes el Proyecto de la Ley de Contrataciones del Estado. Puedes revisarlo haciendo click aquí 👇🏻 https:/...
02/05/2021

Comparto con ustedes el Proyecto de la Ley de Contrataciones del Estado.

Puedes revisarlo haciendo click aquí 👇🏻

https://bit.ly/3e7ihsA

Sabías que...El sistema de contratación a Suma Alzada no puede emplearse en Obras de saneamiento y viales.Opinión N° 023...
08/04/2021

Sabías que...

El sistema de contratación a Suma Alzada no puede emplearse en Obras de saneamiento y viales.

Opinión N° 023-2018/DTN: “(…) el empleo del sistema a suma alzada en el caso de obras presuponía que las cantidades, magnitudes y calidades de los trabajos necesarios para su ejecución se encontraban debidamente definidas en el expediente técnico, de tal manera que, el riesgo de variación de los
metrados consignados se veía reducido. En ese contexto, el postor se obligaba a realizar el íntegro de los trabajos necesarios para la ejecución de la obra requerida por la Entidad, en el plazo y por el monto ofertados en sus propuestas técnica y económica -respectivamente-, las cuales eran parte del contrato; a su vez, la Entidad se obligaba a pagar al contratista el monto o precio ofertado en su propuesta económica”.

Feliz día del Abogado!!Desde el ABC de las Contrataciones con el Estado, enviamos un saludo y reconocimiento a los hombr...
03/04/2021

Feliz día del Abogado!!

Desde el ABC de las Contrataciones con el Estado, enviamos un saludo y reconocimiento a los hombres y mujeres de Leyes, que con vocación de servicio dedican su trabajo en favor de nuestra sociedad, siempre bajo los principios de la Justicia y la verdad.

Un saludo a mis colegas, amigos y amigas que dignifican nuestra profesión de abogado, ejerciéndola siempre con respeto, Justicia y honestidad en nuestros actos.

Otrosí digo: sigan siendo siempre correctos y justos, no cambien, pues la justicia no agrada nunca a los que se acostumbraron a la injusticia y es contra ellos que debemos combatir. 🤓📚📖

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