09/04/2022
♻️ | Hoy se publicó el Reglamento de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos de la Construcción y Demolición, el cual deroga el anterior reglamento que se aprobó con Decreto Supremo Nº 003-2013-VIVIENDA.
NORMA: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-gestion-y-manej-decreto-supremo-n-002-2022-vivienda-2055631-1/
✅Aquí algunos comentarios a esta nueva norma:
✅Se considera Residuo de la Construcción y Demolición (RCD) de obra menor cuando no excede de un volumen de 1m3 diario hasta 7m3 por obra, y su manejo esta a cargo de la municipalidad, a no ser que el generador opte por una EORS para su manejo.
✅Los generadores, con excepción de aquellos que ejecutan una obra menor, deben estimar el volumen de RCD generados a partir de la información detallada obtenida del metrado de obra.
✅Las infraestructuras para el manejo de los RCD son: Inf. De valorización; Rellenos sanitarios con celdas para RCD; Escombreras; y Escombreras con inf. de Valorización; y otras.
✅Las municipalidades provinciales deben implementar escombreras; evalúan los IGA para infraestructura de RCD, y supervisan las operaciones de en las áreas de las acondicionamiento para RCD.
✅Las provincial, en caso de proyectos de inversión privados o mixtos, aprueban el expediente técnico de obra de los proyectos de infraestructura de disposición final de RCD, cuando se prevé prestar el servicio a uno o más distritos de la provincia.
✅Las municipalidades distritales y las capitales de provincia deben regular el manejo de los RCD de obras menores en su jurisdicción. (Incluye la tipificación de infracciones).
✅Las municipalidades distritales y capitales de provincia fiscalizan a los generadores de RCD, excepto aquellos que están sujetos al SEIA o cuentan con un IGA. Pueden tipificar las infracciones bajo su competencia.
✅Las municipalidades pueden establecer una tarifa para el cobro del manejo de RCD de obra menor.
✅El OEFA fiscaliza a las infraestructuras de RCD sean administradas por una municipalidad o una EORS, cuenten o no con IGA.
✅El OEFA fiscaliza a los responsables de las áreas degradadas por RCD; el OEFA identifica y caracteriza las ADRS por RCD y los incorpora al inventario.
✅La ANA, SERNANP, DICAPI y SERFOR fiscalizan el abandono de RCD en su área bajo protección.
✅La norma indica los tipos de vehículos para la recolección de RCD.
✅Se establecen las condiciones técnicas para las infraestructuras de RCD, entre ellas las de las Escombreras.
✅La norma trae consigo formatos a emplear tanto por los generadores como los operadores.
✅ El MVCS tipificara las infracciones de las actividades bajo su competencia.
✅ Varios aspectos de esta norma ya están regulados en la Ley de Residuos y su reglamento, por ello está siendo remisiva para tales casos.