Corporación de Contadores y Asesores S.A.C.

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Corporación de Contadores y Asesores S.A.C. Brinda soluciones empresariales diversas en temas financieros y tributarios.

La calidad de nuestro servicio se resume en:
- Valor agregado para el cliente
- Rapidez con eficiencia y eficacia
- Costo - beneficio

Poseemos especialistas para atender las necesidades de nuestros clientes, brindándoles soluciones respetando su cultura y adaptándonos de la mejor forma a la misma trabajando eficazmente bajo presión, siendo una de las características más fuertes de nuestra organización.

06/07/2015

Normas publicadas los días:
04, 05 y 06 de Julio del 2015
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Estimados,

En los días de referencia se han publicado las siguientes normas de interés tributario:

R.VM. N° 013-2015-EF/1501.- Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo.

Res. N° 11-2015-SUNAT/5C0000.- Aprueban modificaciones al procedimiento especifico de “Rectificación del Manifiesto de Carga y Operaciones Asociadas” INTA – PE.09.02

De otra parte, el día 04 se han publicado las siguientes normas de interés general:

R.M. N° 216-2015-EF/15.- Disponen la publicación del proyecto del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.

R.D. N° 004-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU.- Aprueban la Norma para determinar los valores Unitarios Oficiales de Terrenos Urbanos a Nivel Nacional.

27/05/2015

El día 07 de mayo se han publicado las siguientes normas de interés tributario:

R.M. N° 166-2015-EF/15.- Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales.

R.VM. N° 009-2015-EF/15.01.- Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo.

Asimismo, también se ha publicado la siguiente norma de interés general:

Ley N° 30321.- Ley que crea el Fondo de Contingencia para Remediación Ambiental. El cual estará orientado a la remediación del impacto ambiental de las actividades de hidrocarburos.

27/05/2015

R.M. N° 107-2015-TR.- Aprueban norma técnica denominada “Normas complementarias para la aplicación y fiscalización del cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores privados.
Cabe agregar que la presente norma es aplicable a los empleadores privados, con o sin fines de lucro, que de acuerdo a los criterios establecidos en la misma, cuenten con más de (50) trabajadores.

13-05-2015

27/05/2015

D.S. N° 012-2015-EM.- Dictan Disposiciones Complementarias al Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 039-2014-EM.
14-05-2015

27/05/2015

R.M. N° 0204-2015-MINAGI.- Designan a la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riesgo como órgano responsable de la evaluación de las solicitudes de acogimiento al Régimen de Reintegro Tributario creado por la Ley N° 28754 y al Viceministro de Desarrollo e infraestructura Agraria y Riesgo como órgano responsable de la suscripción de los correspondientes contratos de Inversión y sus respectivas Adendas
16-05-2015

27/05/2015

• Resolución SMV Nro.009-2015-SMV/01.- Autorizan difusión del proyecto que modifica el Reglamento de Fondos Mutuos de inversión en valores y Sociedades Administradoras, así como de los formatos e - prospectus para la inscripción de fondos mutuos de inversión en valores.
20-05-2015

27/05/2015

Ley N° 30327.- Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible.

A través de la presente norma se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre del 2025, el beneficio tributario de depreciación acelerada (hasta 20%) aplicable a las maquinarias, equipos y obras civiles necesarios para la instalación y operación de la central de generación de energía eléctrica a base de recursos hídricos o a base de otros recursos renovables, dispuesto por el D.L. N° 1058.

De otro lado, también se ha modificado el artículo 23° de la Ley N° 30056 en lo relativo al crédito tributario contra el Impuesto a la Renta, por gastos de capacitación que realicen las micro, pequeñas y medianas empresas del régimen general. En ese sentido, dichas empresas ahora podrán aplicar dicho crédito hasta por un máximo del 3% de su planilla anual de trabajadores del ejercicio en el que devenguen los gastos de capacitación.

Así también, se ha publicado la siguiente norma de interés general:

R.M. N° 115-2015-TR.- Disponen la pre publicación del proyecto normativo “Reglamento de la Ley N° 30036, Ley que regula el Teletrabajo” en el portal institucional del Ministerio.

21-05-2015

27/05/2015

Resolución de Superintendencia Nro. 128-2015/SUNAT.- Dictan disposiciones especiales para la presentación de la solicitud de devolución del saldo a favor materia de beneficio en relación con la prórroga de vencimientos por desastres naturales.
A través de la presente norma, esta tiene por objeto establecer reglas especiales para aquellos deudores tributarios cuyo domicilio fiscal se encuentre en una zona declarada en estado de emergencia por desastres naturales y soliciten la devolución del saldo a favor materia de beneficio.

Resolución de Superintendencia Nro. 129-2015/SUNAT.- Mediante la presente norma se ha modificado la Res. 016-2014/SUNAT que establece el Régimen Simplificado para la inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados (Decreto Legislativo 1126). Asimismo, se han dictado disposiciones relativas al procedimiento de renovación de inscripción en dicho registro.

22-05-2015

27/05/2015

El día 24 se ha publicado la siguiente norma de interés tributario:

Res. N° 130-2015/SUNAT.- Modifican los plazos para la presentación de la Declaración de Predios.

Asimismo, se ha publicado la siguiente norma de interés general:

Res. Nº 096-2015-OS/CD.- Procedimiento para la declaración de información en el sistema de manejo estadístico de producción de hidrocarburos.

27/05/2015

D.S. N° 120-2015-EF.- Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Oficina de Normalización Previsional – ONP
26-05-2015

27/05/2015

Resolución N° 01682-Q-2015 del Tribunal Fiscal que contiene el siguiente criterio de observancia obligatoria:

“Se vulnera el debido procedimiento si con ocasión de una verificación del cumplimiento de obligaciones formales a realizarse en las oficinas de la Administración, ésta no es llevada a cabo en la fecha y hora señaladas en el documento mediante el que se requirió la exhibición y/o presentación de libros, registros y/o documentos, a menos que se comunique tal circunstancia o sea consentida por el administrado”.

27-05-2015

03/12/2014

Régimen de depreciación para edificios

Como parte de las medidas dictadas por el Gobierno para promover el crecimiento económico, se publicó la Ley N° 30264, la cual establece entre otras medidas tributarias un régimen temporal y excepcional de depreciación para los edificios y construcciones. Así, a partir del año 2015, las empresas contribuyentes del régimen general del Impuesto a la Renta (IR) podrán depreciar los bienes indicados, aplicando un porcentaje anual del 20%. Si bien lo atractivo de este régimen es que permite recuperar en cinco años (y no en 20) el total del costo incurrido en la adquisición y/o construcción de edificios y otras construcciones que tengan como características su fijeza y permanencia, en estricto dicho beneficio está dirigido a los obligados que adquieran en propiedad las edificaciones, ya que los constructores de las mismas, las consideran como existencias y no como activos fijos.

Para el acogimiento a este régimen, será necesario que la construcción se hubiera iniciado a partir del 1 de enero de 2014 según lo indicado en la licencia de edificación u otro documento que establezca el reglamento.

No se considerará la licencia de edificación ni cualquier otro documento emitido como consecuencia de un procedimiento de regularización de edificaciones. Por tanto, se estaría excluyendo del régimen, por ejemplo, aquellas edificaciones construidas sin licencia de construcción, y que regularicen dicha situación a través del procedimiento indicado. La construcción deberá concluir como máximo el 31 de diciembre de 2016, de acuerdo con lo indicado en la conformidad de obra proporcionada por la dependencia municipal correspondiente; en caso la construcción no haya concluido a dicha fecha, se deberá acreditar un mínimo de avance del 80%. Así, los contribuyentes que se acojan a este régimen, deberán ser rigurosos en documentar la información que acredite el cumplimiento de los requisitos señalados, a efectos de evitar cualquier posible cuestionamiento de la Sunat ante una eventual fiscalización y que pueda conllevar al desconocimiento del gasto por la mayor depreciación utilizada.

Dirección

Los Olivos
Lima

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