11/08/2026
SUNAT está reforzando la revisión del crédito fiscal del IGV
En las últimas esquelas relacionadas con operaciones observadas, SUNAT viene solicitando un mayor nivel de sustento respecto de las compras utilizadas para ejercer el crédito fiscal del IGV.
Uno de los puntos que merece especial atención es el Punto 1 del requerimiento. Ahora no solo se solicita identificar el comprobante de compra, proveedor, fecha, importe, descripción del bien o servicio y demás información de la operación, sino también detallar el comprobante de venta asociado.
¿Para qué? Para poder analizar y demostrar que la compra realizada guarda relación con las operaciones de la empresa y contribuye, directa o indirectamente, a la generación de renta o al desarrollo de la actividad empresarial.
Aquí entra un aspecto fundamental: la causalidad y la trazabilidad de la operación.
No todas las compras necesariamente tendrán una relación directa con una factura de venta específica. Por ejemplo, existen gastos administrativos, logísticos, operativos, mantenimiento, asesorías, alquileres, suministros, entre otros, cuya relación puede ser indirecta, pero igualmente deberá explicarse y sustentarse adecuadamente.
📌 No se trata solamente de llenar un cuadro. Hay que justificar por qué esa compra fue necesaria para el negocio.
También encontramos mayor énfasis en los medios de pago.
En el Punto 3 se solicitan los vouchers de los depósitos utilizados para cancelar los comprobantes observados y, en el Punto 4, se requieren además copias de otros medios de pago utilizados, como:
✅ Transferencias bancarias
✅ Cheques
✅ Constancias de operación
✅ Depósitos
✅ Otros documentos que acrediten la cancelación
Posteriormente, SUNAT solicita los estados de cuenta bancarios que permitan verificar dichas cancelaciones.
Y aquí aparece otro problema frecuente:
👉 ¿Qué sucede cuando existe un depósito o un pago al proveedor, pero la salida del dinero no aparece claramente en la cuenta bancaria de la empresa?
En determinadas operaciones puede existir un trabajador, administrador o responsable que realizó previamente el desembolso y posteriormente efectuó una rendición de gastos o solicitó el reembolso correspondiente.
En estos casos, no basta con presentar únicamente el comprobante. Es necesario construir la trazabilidad documental de la operación: comprobante + medio de pago + rendición + sustento del desembolso + registro contable + relación con la actividad empresarial, según corresponda.