Sortricont EIRL RUC 20551282512 Asesoría Tributaria & Outsourcing Contable

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Sortricont EIRL RUC 20551282512 Asesoría Tributaria & Outsourcing Contable ASESORIA TRIBUTARIA & OUTSOURCING CONTABLE

Empresa dedicada a la consultoría tributaria,laboral y a brindar el servicio de Outsourcing Contable, elaboración Estudio Técnico de Precio de Transferencias, constitución de empresas.

Dios te bendiga, te comparto la palabra de Dios, escúchala y compártela.Que tengas un excelente día.🙏🙏🙏🌈🌈🌈💪💪💪🥳🥳🥳
05/01/2023

Dios te bendiga, te comparto la palabra de Dios, escúchala y compártela.
Que tengas un excelente día.
🙏🙏🙏🌈🌈🌈💪💪💪🥳🥳🥳



Buenas tardes, estimados miembros, espero estén muy bien, afrontando la situación actual.Me preguntó un emprendedor, cóm...
27/08/2020

Buenas tardes, estimados miembros, espero estén muy bien, afrontando la situación actual.
Me preguntó un emprendedor, cómo obtener la Clave Sol, ya que recién se ha inscrito en el RUC; les dejo el link:
https://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/sistema-sol-sunat-operaciones-en-linea-personas/7133-11-obtencion-clave-sol-por-portal

Si no logras descargar el app de la RENIEC, puedes hacerlo por la Mesa de Partes Virtual MPV, pero tarda 5 días hábiles.

https://orientacion.sunat.gob.pe/index.php/personas-menu/sistema-sol-sunat-operaciones-en-linea-personas/7133-11-obtencion-clave-sol-por-portal

Siempre atento a ayudarlos.
Cordialmente,

Esta opción está orientada a las personas naturales identificadas con Documento Nacional de Identidad (DNI) que no estén obligadas a inscribirse en el RUC1, para facilitarles obtener su Clave SOL en forma virtual desde el portal de la SUNAT: www.sunat.gob.pe. También permite la recuperación de ...

15/04/2020

Apreciados clientes buenas noches;
espero que estén bien, manteniéndolos informados, les comunico:
Que con Resolución de Superintendencia Sunat 069/2020 13/04/2020 se ha postergado la declaración del PDT de Planilla periodos 022020 y 032020, hasta el mes de Mayo.
El PDT IGV RENTA, sigue postergado hasta Junio.
Cordialmente,

08/04/2020

Apreciados clientes buenos días,
esperando estén bien y todos los suyos, les comento:
Que con el Decreto Legislativo N° 1455 se crea el PROGRAMA REACTIVA PERÚ, que busca la continuidad en la cadena de pago ante el impacto del COVID-19; por ello les sugiero a aquellos que estén interesados en encontrar financiamiento con un periodo de gracia de 12 meses y tasa de interés menores de 10% anual (monto y tasa evaluado según comportamiento financiero), comunicarse con su ejecutivo financiero de la entidad financiera, en la que tengan cuenta corriente para los detalles correspondientes.

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Atento a cualquier consulta.
Cordialmente,

CPC CARLOS CUSTODIO CHAUPIS
950806400

31/03/2020

MEDIDAS PARA REDUCIR IMPACTO ECONÓMICO DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA

Apreciados clientes buenas noches,
Deseo que se encuentren muy bien de salud, pese a la delicada situación que estamos viviendo que, con la bendición de Dios y cuidándonos la superaremos.
Con la intención de mantenerlos informados en relación a las medidas para reducir el impacto económico declarado el Estado de Emergencia para evitar la propagación del COVID-19; mediante Decreto de Urgencia 033-2020, se dispuso:

-art 9° Los trabajadores podrán liberar hasta S/ 2,400.00 de su cuenta de CTS, la entidad financiera liberará la CTS a la simple solicitud del trabajador.
-art 10° Suspensión temporal y excepcional en el mes de abril de la retención obligatoria 10% y comisión, para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (marzo retención normal-como todos los meses anteriores, no menciona suspensión de retención de ONP, tampoco de menciona aporte de ESSALUD), sí se retendrá prima de seguro.
El Gobierno podrá ampliar la suspensión únicamente por un mes adicional.
Adicionalmente (no incluido en el en éste decreto supremo) por los 14 días de Estado de Emergencia de Marzo, se puede declarar a los trabajadores con LICENCIA CON GOCE DE HABERES, pagando su remuneración completa, recuperando éste(el trabajador) las horas dejadas de trabajar, o en SUSPENSIÓN PERFECTA, solo se le paga por los días efectivamente laborados.
-art 14° Subsidio para los empleadores del 35% de las remuneraciones de aquellos trabajadores cuya remuneración bruta mensual sea hasta S/ 1,500.00; declarados en el PDT de Planillas del mes de Enero2020 y sigan activos hasta el 15MAR2020 (no procede el subsidio por aquellos trabajadores con remuneración bruta mayor a S/ 1,500.00).
Para recibir mencionado subsidio se debe registrar el CCI CÓDIGO DE CUENTA INTERBANCARIO de su representada, para que el Gobierno transfiera el monto de subsidio, luego de hacer el cruce de información con la Sunat, ésto será de manera automática, en un plazo máximo de 48 hrs(registro de CCI), computados desde el día mañana, de no registrar el CCI no se recibirá subsidio.
Enviármelo a la brevedad misma vía y confirmar envía mediante whatsaap.
Recordar que las declaraciones del mes de febrero y marzo, están postergadas, hasta levantado el Estado de Emergencia (al igual que la declaración anual, aquellos cuya declaración anual ya fue presentada, la obligación de pago es a partir del vencimiento postergado-JUN2020)
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Atento a cualquier consulta.
Cordialmente,

CPC CARLOS CUSTODIO CHAUPIS
950806400

ATENCIÓN EMPRESARIOS!!!Desde hoy puedes solicitar liberación de fondos acumulados de tu cuenta de detracciones.Cordialme...
23/03/2020

ATENCIÓN EMPRESARIOS!!!
Desde hoy puedes solicitar liberación de fondos acumulados de tu cuenta de detracciones.
Cordialmente,

23/03/2020

ATENCIÓN EMPRESARIO!!!
Desde hoy puedes solicitar li eración de fondos acumulados.
Cordialmente,

Atento empresario!!!
20/03/2020

Atento empresario!!!

La administración tributaria otorgará a todas las empresas la posibilidad de adelantar la liberación de los fondos de sus cuentas de detracciones, con la finalidad de que dispongan de mayores recursos para afrontar esta emergencia.

Recordarlo señores..., ahora que estamos en anuales.
10/03/2020

Recordarlo señores..., ahora que estamos en anuales.

Se denominan rentas de Fuente Extranjera, a las que provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. Las rentas de Fuente Extranjera no se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto siempre que se hayan percibido. Por ejemplo, son Rentas de Fuente Extranjera, entre otras: La...

Si desean recordar, aquí se los dejo.Cordialmente,
10/10/2019

Si desean recordar, aquí se los dejo.
Cordialmente,

RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS CONSTRUCTORAS E INMOBILIARIAS 11 respuestas [Visto: 12223 veces] La actividad de construcción y la inmobiliaria La actividad de construcción y la inmobiliaria o la mezcla de ambas son actividades que han tenido en nuestro país bastante participación económica. En los ...

Considerarlo!!!
10/08/2019

Considerarlo!!!

09/08/2019

Las empresas, nacionales o extranjeras, podrán contratar personal extranjero en una proporción de hasta el 20% del número total de sus servidores, empleados y obreros.
Sus remuneraciones no podrán exceder del 30% del total de la planilla de sueldos y salarios.
Consultas a: [email protected]

Cordialmente,

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