Aliaga & Aliaga Consultores Jurídicos

Aliaga & Aliaga Consultores Jurídicos Consultaría - Asesoría Legal y de Gestión Empresa dedicada a brindar soluciones jurídicas y de gestión a personas naturales y jurídicas.

04/08/2026

El derecho penal militar tipifica los delitos que pueden cometer los militares y policías en situación de actividad contra los bienes jurídicos que garantizan la seguridad y defensa nacional, así como el orden interno.
Los cometidos por los ciudadanos civiles, los tipifica el código penal común.

Dr. Cluber Fernando Aliaga Lodtmann

01/08/2026

DE LA SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL

Nuestra Constitución Política del Perú, en su Capítulo XII, establece el marco fundamental de la seguridad y defensa nacional, asignando responsabilidades diferenciadas, pero también complementarias, a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional del Perú.
Las Fuerzas Armadas tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República, mientras que la Policía Nacional del Perú tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno, así como proteger y ayudar a las personas y a la comunidad.
En estos tiempos la naturaleza de las amenazas complejas, multidimensionales, transnacionales y cambiantes, demanda que la seguridad del Estado no pueda ser abordada desde una perspectiva estrictamente sectorial, por el contrario exigen que las FFOO deben prepararse para actuar de manera coordinada, complementaria y articulada, dentro de las competencias que les asignan la Constitución y las leyes. Fortaleciendo la interoperabilidad, el intercambio de información, la planificación, la capacitación, y los protocolos de actuación.
El desafío actual no solo demanda tener instituciones fuertes, sino en construir capacidades estatales integradas para responder eficazmente a amenazas complejas, preservando al mismo tiempo el Estado de derecho y los derechos fundamentales
La seguridad y la defensa nacional requieren instituciones cada vez más preparadas y coordinadas.

Dr. Cluber Fernando Aliaga Lodtmann

Good
24/07/2026

Good

24/07/2026

EL DERECHO PENAL MILITAR
A diferencia del Derecho Penal Común —que sanciona delitos generales contra bienes como la vida o la propiedad—, el Derecho Penal Militar es un régimen de excepción. Su función es proteger los bienes jurídicos vinculados a la Seguridad Nacional, la Defensa y el Orden Interno. Por tanto, aplica de forma exclusiva a los delitos de función cometidos por militares y policías en situación de actividad.

24/07/2026

EL DERECHO PENAL MILITAR
Mientras que el Derecho Penal Común constituye la regla general para tipificar los delitos que atentan contra bienes jurídicos fundamentales (tales como la vida, la integridad física o la propiedad), el Derecho Penal Militar se configura como un régimen de excepción. Su ámbito de aplicación se circunscribe a la tutela de bienes jurídicos institucionales indispensables para la Seguridad y Defensa Nacional, así como para el mantenimiento o restablecimiento del Orden Interno. En consecuencia, este fuero especializado sanciona únicamente los delitos cometidos por efectivos militares y policiales en situación de actividad.

24/07/2026

EL DERECHO PENAL MILITAR
Por regla general, el Derecho Penal Común se encarga de tipificar las conductas humanas que constituyen delitos por lesionar o poner en peligro bienes jurídicos protegidos (como la vida, la salud o la propiedad). Por su parte, el Derecho Penal Militar opera como un régimen de excepción limitado exclusivamente a los delitos de función. Estos comprenden aquellas conductas que vulneran bienes jurídicos vinculados a la Seguridad y Defensa Nacional, así como al mantenimiento y restablecimiento del Orden Interno, y solo pueden ser cometidos por personal militar y policial en situación de actividad.
Dr. Cluber Fernando Aliaga Lodtmann

04/07/2026

La polarización y el odio sistemático buscan coaccionar y privar a las víctimas de su propia libertad de expresión y participación.
NO SE DEBE PERMITIR.

24/06/2026

La justicia militar y policial:
Es exclusiva para los delitos de función. Es decir que afecten la finalidad y las funciones propias de las FFAA y PNP. (Seguridad y defensa Nacional, Orden Interno, prevenir delitos y faltas, seguridad del patrimonio público y privado, seguridad de las fronteras, Orden público)
La justicia militar y policial: militar policial

Dirección

Ca. Arenas 117
Lima
15088

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Teléfono

+51940203607

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Aliaga & Aliaga Consultores Jurídicos publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Atajos

Compartir

Categoría