02/10/2025
🔍 ¿Estamos adoptando realmente las NICSP en el Perú? Una reflexión necesaria para la formulación de TDR y procesos de licitación.
Como auditor gubernamental y profesional dedicado al fortalecimiento de la contabilidad pública bajo estándares internacionales, considero fundamental hacer una distinción técnica que muchas veces se pasa por alto: la diferencia entre adopción directa e indirecta de las NICSP, según lo establece el IPSASB y que es clave para la gestión pública peruana.
📌 El “International Public Sector Accountability Index 2025” (IPSASB-CIPFA) clasifica al Perú como un país en proceso de adopción indirecta de las NICSP. Esto significa que si bien estamos avanzando en la aplicación del enfoque de acumulación (devengo), las normas se modifican y adaptan al contexto nacional, como se observa en las disposiciones emitidas por la Dirección General de Contabilidad Pública (DGCP).
⚠️ Por tanto, no se puede afirmar que el Perú aplica las NICSP tal como están emitidas por el IPSASB. Y esto tiene implicancias directas y técnicas:
✅ Adopción directa: Solo ocurre si se implementan las NICSP sin modificaciones, eligiendo únicamente entre las opciones permitidas por cada norma.
🛠️ Adopción indirecta (caso peruano): Implica un proceso de adaptación normativa nacional. El Perú aplica el “Marco NICSP”, que combina NICSP, disposiciones locales y exenciones transitorias, como se regula en el Manual de Adopción por Primera Vez del Marco NICSP aprobado por la DGCP.
📄 Esta aclaración es crítica al momento de:
Formular los Términos de Referencia (TDR) de consultorías, asistencias técnicas o licitaciones relacionadas con la implementación contable en el sector público.
Evaluar razonablemente las alternativas disponibles, como el uso de exenciones y ajustes transitorios contemplados en el marco nacional, que ofrecen una flexibilidad operativa que las NICSP puras no permiten.
⚖️ De hecho, el propio Manual de Adopción (RD 004-2024-EF/51.01 y su modificación por la RD 007-2025-EF/51.01) establece que sus disposiciones prevalecen sobre la NICSP 33 en tanto regulen los mismos aspectos, consolidando así el carácter nacional del marco adoptado.
📊 En resumen:
Comprender el tipo de adopción que realiza el país no es un tema técnico menor. Es un factor clave para planificar correctamente, seleccionar consultores idóneos, y asegurar procesos transparentes y efectivos.
🔗 Para avanzar con consistencia, necesitamos asumir con claridad nuestro punto de partida.