21/09/2022
SUNAFIL INFORMÓ EN SU PÁGINA WEB QUE HA LEVANTADO 80 ACTAS DE INFRACCIÓN POR CASOS DE DISCRIMINACIÓN LABORAL ENTRE VARONES Y MUJERES
Es importante recordar que mediante Resolución N° 328-2022-SUNAFIL, se ha dispuesto la realización de una campaña nacional en materia de IGUALDAD SALARIAL; por lo que en los meses que quedan de este año, se estarán realizando en todo el país operativos para inspeccionar el cumplimiento de las normas socio laborales relacionadas con este tema.
Al respecto, de conformidad con la Ley N° 30709 y su reglamento D.S. N° 002-2018-TR, toda empresa debe tener un cuadro de categorías y funciones y una política salarial, elaborados conforme a la metodología establecida y que contenga una estructura de cargos y salarios, remuneración por cada puesto laboral, criterios para el pago de diferentes conceptos, y criterios que justifican el pago de remuneraciones desiguales a trabajos de igual valor.
Estas obligaciones aplican a todo tipo de empresas, sean Micro, Pequeñas o grandes. Constituye infracción MUY GRAVE no contar con un cuadro de categorías y funciones o con una política salarial de conformidad con los términos de la Ley N° 30709; según D. S. 019-2006-TR, artículos 25.22. y 25.23.
En consecuencia, una empresa no cumple con tener un cuadro de categorías y funciones y una política salarial podría ser sancionada con multas que van desde 3,128 hasta 241,000 soles, dependiendo si es una micro, pequeña o empresa normal; y dependiendo del número de trabajadores.