28/04/2026
Estimados suscriptores. *El 28 de abril, en el marco del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, promovido por la Organización Internacional del Trabajo, se sustenta en importantes instrumentos internacionales que reconocen la seguridad y salud como un derecho fundamental en el trabajo.* Entre ellos destacan el Convenio Nº 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores (1981) y el Convenio Nº 187 sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo (2006), los cuales establecen la obligación de los Estados de formular políticas nacionales orientadas a la prevención de riesgos laborales y a la mejora continua de las condiciones de trabajo.
Asimismo, en el marco del sistema de Naciones Unidas, la seguridad y salud en el trabajo se encuentra vinculada a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, específicamente en el Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 8, que promueve el trabajo decente y el crecimiento económico, incluyendo entornos laborales seguros y protegidos. Este enfoque refuerza la necesidad de que los países, como el Perú, integren estándares internacionales en sus políticas públicas y en su legislación interna, alineándose con principios globales de protección del trabajador.
En el caso peruano, estos estándares internacionales se articulan con la Ley N° 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual recoge principios como la prevención, la responsabilidad del empleador y la mejora continua, en concordancia con los lineamientos de la OIT. De esta manera, la normativa nacional no solo responde a una necesidad interna, sino también al cumplimiento de compromisos internacionales, fortaleciendo un sistema de gestión de seguridad y salud que busca garantizar condiciones laborales dignas, seguras y compatibles con los derechos fundamentales de los trabajadores.