15/02/2020
SUNAT iniciará plazo para solicitar la devolución de impuestos
👉El ente informó que a partir del lunes 17 de febrero 2020 publicará por medio de su portal web el Formulario Virtual N° 709-Renta Anual 2019-Persona Natural. Con ello, los contribuyentes de primera, segunda, cuarta y quinta categoría podrán acceder a la devolución de impuestos realizando la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019.
👉A partir del 13 de abril del 2020 y en un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde esa fecha, la SUNAT deberá realizar la devolución de oficio del Impuesto a la Renta.
👉A esta devolución de impuestos podrán acceder los trabajadores, pero mediante procesos diferentes. Para ello es importante diferenciar los tipos de renta que puede generar una persona natural.
De acuerdo con la modificación efectuada a la Ley 30734, mediante el Decreto de Urgencia 025-2019, en su artículo 3 señala que la SUNAT realiza la devolución de oficio mediante: