01/12/2025
📍ʜᴏʏ ᴅᴏᴍɪɴɢᴏ 𝟑𝟎 ᴅᴇ ɴᴏᴠɪᴇᴍʙʀᴇ ᴅᴇ 𝟐𝟎𝟐𝟓 ᴇɴᴛʀᴀ ᴇɴ ᴠɪɢᴇɴᴄɪᴀ ʟᴀ ʀꜱ 𝟑𝟓𝟓-𝟐𝟎𝟐𝟓
ᴏᴘᴏʀᴛᴜɴɪᴅᴀᴅ ᴅᴇ ᴅᴇꜱᴄᴜᴇɴᴛᴏ ᴇɴ ᴍᴜʟᴛᴀꜱ ᴘᴇɴᴅɪᴇɴᴛᴇꜱ
La SUNAT ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 000355-2025, que modifica el Reglamento del Régimen de Gradualidad. Esto te ofrece una gran oportunidad para conseguir un descuento en las multas por no presentar a tiempo ciertas declaraciones.
✅ ¿Para Quién es este Beneficio?
La medida aplica a la multa por no presentar las declaraciones que contengan la deuda tributaria, específicamente para:
* Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de Primera Categoría (si alquilas un bien y no declaraste esa renta).
* Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de Cuarta Categoría (si emites Recibos por Honorarios).
* Declaración Anual del Impuesto a la Renta (para rentas distintas a la de Tercera Categoría).
💰 El Descuento (Gradualidad):
El beneficio más grande es para quienes se corrigen por su propia cuenta (Subsanación Voluntaria).
* Si actúas antes de que SUNAT te avise formalmente: Si subsanas la infracción de manera voluntaria, obtienes el 100% de descuento en la multa.
* Si lo haces después de ser notificado: El descuento es menor, pero sigue siendo alto (entre 96% y 99% en la mayoría de los casos).
💡 Punto Clave y Vigencia:
Este beneficio se aplica incluso a las infracciones cometidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma.
Es un buen momento para revisar si tienes alguna declaración pendiente.
Si desea acogerse a la presente norma, puede solicitar su consulta para evaluar su caso.
Ver norma completa aquí en link: NL20251129.pdf https://busquedas.elperuano.pe/api/media/http://172.20.0.101/file/7WQcIekBKDC8gVcWR8y5eO/*/NL20251129.pdf/PDF