Nueva Expertise - Estudio contable

Nueva Expertise - Estudio contable Asesoría especializada en micro y pequeñas empresas con más de 5 años de experiencia.

El Estudio Contable Nueva Expertise es una firma profesional de contabilidad en Perú que ofrece una amplia gama de servicios contables y financieros. Su misión es proporcionar soluciones integrales y personalizadas para ayudar a las empresas a cumplir con las normativas y optimizar su gestión financiera. Con un equipo de expertos altamente capacitados, el estudio se compromete a brindar un servicio de excelencia y a ser un socio estratégico confiable para su crecimiento y éxito.

17/11/2025

📱🖥️ Genera tu Registro Electrónico con solo estos dos simples pasos 👇

Recuerda realizarlo dentro del plazo establecido y evita inconvenientes 🗓️✅.

🖱️ Más información aquí 👉 https://cpe.sunat.gob.pe/node/131

17/11/2025

🔎🤓☝ ¡Recuerda! HOY, lunes 17 de noviembre vence el plazo para realizar el depósito de la . 💯💰 💯

CONTRATOS TEMPORALES BAJO LUPA: CÓMO EVITAR LAS SANCIONES DE SUNAFIL POR CAUSAL MAL JUSTIFICADA.La SUNAFIL ha fortalecid...
30/06/2025

CONTRATOS TEMPORALES BAJO LUPA: CÓMO EVITAR LAS SANCIONES DE SUNAFIL POR CAUSAL MAL JUSTIFICADA.

La SUNAFIL ha fortalecido la fiscalización sobre contratos temporales en Perú. Ya no se limita a los contratos vigentes: ahora revisa también los caducos, e incluso sanciona la “desnaturalización” cuando no se justifica correctamente la causal “necesidad de mercado” o incremento temporal de actividad. Las multas pueden superar las 50 UIT y conllevan costosas reposiciones o reconocimientos adicionales de derechos.

1. ¿Cuál es el primer error que cometen las empresas?

Uno de los errores más frecuentes es la omisión o generalización de la causa objetiva en el contrato. La normativa exige mencionar claramente el tipo de contratación temporal (por ejemplo, necesidad de mercado) y especificar cómo y por qué es temporal. No basta con frases genéricas como “por incremento de ventas”. SUNAFIL ya ha sancionado a empresas como Saga Falabella por no precisar adecuadamente la “variación sustancial” del mercado, considerando estas omisiones como causales de desnaturalización.

2. ¿Qué falla a la hora de acreditar la causa temporal?

Otro error crítico es la falta de respaldo documental. No basta con escribir la causal en el contrato: hay que sustentarla con documentos como reportes de ventas, facturas, guías, licencias, entre otros, todos vinculados al periodo del contrato. La SUNAFIL exige que la documentación pruebe que la causa es real, objetiva, imprevisible y temporal, de modo que se pueda acreditar plenamente su legalidad ante una eventual fiscalización.

3. ¿Por qué fiscaliza SUNAFIL contratos ya concluidos?

Un tercer error común es creer que solo se revisan contratos vigentes. Según la normativa y recientes pronunciamientos del Tribunal de Fiscalización Laboral, la facultad inspectiva abarca también contratos terminados en los últimos cuatro años. Por ejemplo, la resolución 0484‑2025‑SUNAFIL/TFL impuso una multa a una empresa por contratos ya concluidos, y la Corte Suprema ha reafirmado que la fiscalización no depende de que el vínculo laboral esté vigente, lo cual obliga a las empresas a tener sus archivos y sustentos en orden, incluso después de finalizada la relación laboral.

Recomendación

Establezca un protocolo interno para la elaboración, revisión y archivo de contratos temporales, que contemple la validación previa por parte del área legal antes de su firma. Este protocolo debe incluir un checklist obligatorio que garantice la justificación específica de la causal, la existencia de documentación de respaldo vinculada al periodo contratado, y la formalización adecuada con el trabajador. Esta práctica no solo previene sanciones, sino que fortalece el cumplimiento normativo y la trazabilidad de las decisiones laborales dentro de la empresa.

¿SUNAFIL PUEDE SANCIONAR LA DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATOS INCLUSO CUANDO YA NO EXISTE RELACIÓN LABORAL?La reciente reso...
30/06/2025

¿SUNAFIL PUEDE SANCIONAR LA DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATOS INCLUSO CUANDO YA NO EXISTE RELACIÓN LABORAL?
La reciente resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), N.º 0484-2025-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, ha confirmado una multa impuesta a una entidad empleadora por la desnaturalización de un contrato sujeto a modalidad, a pesar de que el vínculo laboral con la trabajadora ya se encontraba extinguido. Este fallo reafirma el alcance temporal de la función inspectiva y su rol sancionador, incluso respecto de hechos ya concluidos.

Desarrollo del caso:

El Hogar Transitorio de Niños San José fue sancionado por haber celebrado un contrato de trabajo sin consignar la modalidad ni la causa objetiva que justificara su naturaleza temporal. Durante la fiscalización, SUNAFIL verificó que el contrato simplemente refería "Contrato sujeto a modalidad" sin mayor precisión ni sustento formal. La entidad empleadora alegó que ya no existía vínculo laboral y que por tanto no correspondía la actuación inspectiva.

Decisión de la sala

La Primera Sala del TFL declaró infundado el recurso de revisión interpuesto por la impugnante, confirmando la validez de la actuación inspectiva. Se precisó que la competencia de SUNAFIL no depende de que la relación laboral esté vigente. Conforme al artículo 1 de la Ley General de Inspección del Trabajo y al Convenio N.º 81 de la OIT, la inspección puede abarcar hechos pasados que tengan relevancia jurídico-laboral, particularmente aquellos que vulneren derechos fundamentales. Asimismo, la Corte Suprema ha sostenido esta postura en la Casación N.º 3274-2019-Del Santa.

Recomendación

Las empresas deben prestar especial atención al cumplimiento formal y sustantivo de los contratos sujetos a modalidad. La omisión de elementos esenciales, como la causa objetiva y el tipo contractual, puede configurar infracciones sancionables incluso cuando la relación laboral ya ha finalizado. Se recomienda revisar y adecuar los modelos contractuales y conservar la documentación de soporte para prevenir contingencias ante posibles fiscalizaciones.

26/06/2025

📢 | Supuestos de rentas no declaradas que pueden acogerse al Régimen Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta

Sunat ha publicado en su página web institucional el Informe N° 0000075-2025-SUNAT/7T0000, el cual concluye lo siguiente:

"De acuerdo con el inciso d) del artículo 10 de la Ley N.° 32201:

1. Las rentas gravadas con el impuesto a la renta, no declaradas y generadas hasta el ejercicio gravable 2022, que al 18.12.2024 se hubieran encontrado contenidas en una resolución de determinación debidamente notificada y respecto de la cual, a dicha fecha, el contribuyente no hubiera interpuesto una reclamación, pueden ser materia de acogimiento al Régimen.

2. Las rentas gravadas con el impuesto a la renta, no declaradas y generadas hasta el ejercicio gravable 2022, que al 18.12.2024 se hubieran encontrado contenidas en una resolución de determinación respecto de la cual la SUNAT hubiera desestimado su reclamación y, a dicha fecha, el contribuyente no hubiera interpuesto apelación ante el Tribunal Fiscal pueden ser materia de acogimiento al Régimen, siempre que al 18.12.2024 no haya vencido el plazo de seis (6) meses contados a partir del día siguiente en que se notificó la resolución que desestima la reclamación.”

🔗Para acceder al informe de Sunat, puede ingresar al siguiente enlace:https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2025/informe-oficios/i000075-2025-7T0000.pdf

Contribuyentes no serán sancionados por no emitir Guías de Remisión Electrónicas hasta el 30 de junio de 2026SUNAT extie...
26/06/2025

Contribuyentes no serán sancionados por no emitir Guías de Remisión Electrónicas hasta el 30 de junio de 2026

SUNAT extiende hasta el 30 de junio 2026 la no aplicación de sanciones por no emitir GRE
La SUNAT ha dispuesto ampliar la discrecionalidad para no sancionar a los contribuyentes que no emitan la Guía de Remisión Electrónica (GRE), en sus versiones de Remitente y/o Transportista, como parte de la implementación gradual de este sistema digital de control tributario.
Esta medida fue oficializada mediante la RS N° 000026-2025-SUNAT/700000 , y busca facilitar el cumplimiento tributario, especialmente para aquellos contribuyentes que están en proceso de adecuación a los nuevos requisitos de emisión electrónica.

Plazo de gracia: hasta el 30 de junio de 2026

22/05/2025

📄📣 | La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Tacna comunica a la población en general lo siguiente:

07/05/2025

¡Importante!

🗓️ Cronograma de pagos para los sujetos no domiciliados 🎰🕹️⚽.

📌 ¡Importante!

✅ Plataformas Digitales, debes usar el Formulario Virtual N.º 623 - IGV - Economía Digital ➡️ https://acortar.link/ZqbBkf

✅ Juegos y Apuestas Deportivas a Distancia e ISC, debes usar el Formulario Virtual N.º 0696 ➡️ https://acortar.link/Ln2Qp1

21/04/2025

✅ Sigue los pasos para realizar el pago del desde Operaciones en Línea - SOL.
¡Recuerda!
Paga tus cuotas dentro de las fechas establecidas en el cronograma y evita perder este beneficio.
🔵 Más información ➡️https://emprender.sunat.gob.pe/sites/default/files/inline-files/Pasos%20pago%20fraccionamiento.pdf

Dirección

Avenida Patricio Melendez N° 1343
Para
23000

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 05:00
Martes 09:00 - 05:00
Miércoles 09:00 - 05:00
Jueves 09:00 - 05:00
Viernes 09:00 - 05:00
Sábado 10:00 - 12:30

Teléfono

+51943805772

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Nueva Expertise - Estudio contable publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Nueva Expertise - Estudio contable:

Compartir