"Cobral" Actualizaciones del contador"

"Cobral"  Actualizaciones del contador" Asesoria contable, laboral y tributaria.

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-Liberación de Fondos
-Declaración Anual
-Declaración mensual
-PDT.

08/12/2012

Trabajadores CAS no emitirán recibos
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Empresas tendrán que emitirles las boletas de pago correspondientes

Precisan obligaciones.

Las personas contratadas bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS) no estarán obligadas a emitir recibos por honorarios, respecto de los ingresos que provengan exclusivamente de la contraprestación de sus labores, que constituyen ingresos de rentas de cuarta categoría.

Así lo estableció la administración tributaria mediante la RS Nº 286-2012, aprobada para facilitar la operatividad en ese tipo de contratos. Con ello, se modifica el numeral 1.5 del art. 7 del reglamento de comprobantes de pago referido a las operaciones que exceptúan de la obligación de emitir y/u otorgar estos comprobantes.

En consecuencia, ahora, las empresas tendrán que emitirles las boletas de pago correspondientes por los servicios prestados cada mes.

OSCE da precisiones

El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) incorpora dos bases estándar de concurso público para contratar los servicios de seguridad y limpieza. Se trata de las normas sobre el contenido de las bases estandarizadas que las entidades públicas deben utilizar en los procesos de selección que convoquen, refiere la Res. 374-2012-OSCE/Pre.

Evaluarán a magistrados

El Consejo Nacional de la Magistratura inició una nueva evaluación de magistrados. Para ello, se convocó a 106 magistrados de las cortes de Lima, Lima Norte, Callao, Ica, Amazonas, Áncash, Piura, Apurímac y Arequipa. Asimismo, Ayacucho, Cañete, Cusco, Huaura, Lambayeque, La Libertad, Santa, Huánuco, Junín, Tacna, Pasco, Tumbes, San Martín, entre otros.

En PJ levantan paralización

El Comité de Lucha de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial resolvió levantar la huelga indefinida de sus afiliados, luego de un acuerdo suscrito con las autoridades de la judicatura. De esta manera, los servidores se reincorporarán a sus labores en forma normal a partir de la fecha en todas las dependencias judiciales del país.

Diario El Peruano (06.12.2012)

18/11/2012

LIBERACION DE FONDOS DE DETRACCIONES

18/11/2012

asesoramiento empresarial en recuperación de impuestos que tengan las empresas. (Detracciones, Retenciones, Percepciones, IGV Saldo a favor del exportador).

13/11/2012

RECTIFICATORIA PDT 621

Si tengo que declaran montos ceros en el pdt 621 porque no tengo ningún movimiento, pero en un mes me olvide declarar el saldo a favor del igv, y al siguiente mes declare todo cero; pero después de 3 meses alguien se dio cuenta que ahí teníamos un saldo a favor que no hemos estado arrastrando entonces procedí a modificarlos, este tipo de modificación genera alguna multa? ya que solo modifique el saldo a favor que se eta arrastrando?

Respuesta

Si usted efectúa la rectificatoria de su declaración jurada y solo está incrementando el saldo a su favor, no se está configurando una infracción por lo que no corresponde la aplicación de una multa. Tenga presente que de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código Tributario dicha declaración jurada rectificada surtirá efectos luego de los sesenta (60) días hábiles de presentada, pudiendo la Administración Tributaria efectuar un proceso de fiscalización.

13/11/2012

Este jueves vence plazo para depósitos de la CTS

Empresas podrán ser multadas con más de 36,000 nuevos soles

Falta de reclamo del trabajador no lo limitará a hacerlo posteriormente

Este jueves 15 vence el plazo legal para que los empleadores, cuyos trabajadores se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada, cumplan con efectuar los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondientes al semestre mayo-octubre 2012.

Su incumplimiento no solo genera el devengo automático de intereses sino también una infracción grave, dijo el laboralista César Puntriano.

¿Cómo se determina la CTS a depositar en noviembre?

En principio, se deberá determinar al 31 de octubre cuántos meses y días completos de servicios ha acumulado el trabajador en el semestre. Una vez fijado el tiempo de servicios computable, habrá que calcular la remuneración computable para la obtención de la CTS.

Para determinar el tiempo de servicios solo son computables los días de trabajo efectivo. Sin embargo, ¿hay excepciones?

Claro, de manera excepcional se consideran como tales las inasistencias motivadas por accidente laboral o enfermedad profesional debidamente comprobadas hasta por 60 días al año, los días de descanso pre y posnatal, los días de vacaciones, licencias con goce de haber, licencia por paternidad, días de huelga no calificada como improcedente o ilegal, entre otros.

¿Qué se entiende por remuneración computable?

Constituye remuneración computable la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador, en dinero o en especie como contraprestación de su labor, cualquiera sea la denominación que se les dé, siempre que sean de su libre disposición. Será computable la remuneración percibida por el trabajador en octubre más la asignación familiar que se pague en dicho mes, incorporándose también la gratificación pagada en julio de 2012 a razón 1/6 de lo percibido por dicho concepto, así hubiera sido proporcional. Si en este semestre el trabajador realizó horas extras cuando menos en tres meses, se sumarán los montos percibidos y el resultado dividido entre seis formará parte de la remuneración computable. Ingresa a este cálculo la alimentación principal dada en especie, salvo que se trate de prestaciones alimentarias o una condición de trabajo, entre otros.

¿Hay exclusiones?

Si el empleador otorga en el semestre a su personal una gratificación extraordinaria, movilidad como condición de trabajo o cualquier forma de participación en las utilidades, estos no formarán parte de la remuneración computable. Tampoco la bonificación extraordinaria que perciben los trabajadores junto a su gratificación debido a su exoneración a la contribución a Essalud.

Infracciones

¿Cuál es la sanción por no cumplir con el depósito?

La falta de depósito íntegro y oportuno de la CTS no solo genera el devengo automático de intereses sino también una infracción grave, pudiendo la empresa ser objeto de una multa de hasta 36,500 nuevos soles.

¿Puede el trabajador disponer de su CTS?

Según la Ley Nº 29352, desde mayo de 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores solo podrán disponer de hasta el 70% del excedente de seis remuneraciones brutas depositadas en su cuenta individual de CTS. Ya no es posible retirar el 80% para fines de adquisición o mejoramiento de vivienda.

Moneda nacional y extranjera

¿Quién determina la moneda en que se deposita la CTS?

El trabajador elige si los depósitos se efectúan en moneda nacional o extranjera. En este último caso el empleador puede realizar el depósito en moneda nacional, debiendo la entidad depositaria efectuar la conversión respectiva. Es posible también que, a decisión del trabajador, una parte de la CTS se deposite en moneda nacional y otra en moneda extranjera. Además, el empleador, en un plazo de cinco días de haber realizado este abono, deberá entregar al trabajador una hoja de liquidación del monto depositado. La falta de cuestionamiento del trabajador al monto depositado no le impedirá reclamar más adelante, dentro del plazo de cuatro años desde su cese.

Diario El Peruano (13/11/2012)

13/11/2012

¿Qué es el Sistema de Detracciones del IGV?

Consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o quien presta el servicio. Éste, por su parte, utilizará los fondos depositados en su cuenta para efectuar el pago de sus obligaciones tributarias.

Los montos depositados en las cuentas que no se agoten cumplido el plazo señalado por la norma luego que hubieran sido destinados al pago de tributos, serán considerados de libre disponibilidad para el titular.

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