21/10/2025
El principio rector del empleador es no entregar jamás, sin una estrategia de defensa previa, aquellos documentos que impliquen una declaración de hechos y que puedan ser usados directamente para sustentar la infracción por parte de la SUNAFIL.
Pero acá se presenta una controversia ética y legal:
La posición de la SUNAFIL considera que el deber de colaboración del empleador es absoluto. Si el empleador se niega o se demora en entregar un documento requerido, el inspector puede tipificar el hecho como "obstrucción a la labor inspectiva" y multar.
Mientras que la posición del empleador considera que la estrategia no es negar la información, sino ordenar su entrega para preservar derechos de defensa; oponer prescripción o caducidad; o presentar descargos o alegatos antes o junto con la prueba de subsanación.
Sin embargo, la SUNAFIL convierte el legítimo ejercicio de defensa en una falta sancionable porque llega a sancionar la demora estratégica, la cual no debería tipificarse como obstrucción, pues viola el debido procedimiento administrativo. El fin de la inspección es verificar el cumplimiento, no sancionar la táctica legal.