22/07/2026
🔐 Nuevo reglamento, nuevas reglas.
Desde el 31 de marzo de 2025 rige en el Perú el nuevo Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2024-JUS, que reemplazó al reglamento vigente desde 2013. Un cambio de paradigma que pone al Perú a la altura de los estándares internacionales.
❗ A la fecha muchas organizaciones no cumplen con dichos requisitos y continuamente son sancionadas, los sectores más multados incluyen banca, telecomunicaciones, educación, salud entre otras.
¿Qué cambia para tu organización?
📍 Alcance extraterritorial. Ya no importa si tu empresa está fuera del Perú: si ofreces bienes o servicios a personas en territorio peruano, o analizas su comportamiento, la norma peruana te alcanza igual.
👤 Oficial de Protección de Datos obligatorio. Ya no es solo para el sector público: ahora también deben designarlo las entidades privadas que manejen grandes volúmenes de datos, información sensible o cuyas actividades principales involucren este tipo de tratamiento.
🚨 Notificación de brechas en 48 horas. Si ocurre un incidente de seguridad, el reloj empieza a correr de inmediato.
📚 Más obligaciones documentales. Política de seguridad con fecha cierta, controles de acceso físico y protocolos claros para equipos dentro y fuera de las instalaciones.
💰 Multas más altas y más infracciones tipificadas. Con la UIT 2026 en S/5,500, las sanciones van de S/2,750 hasta S/550,000, sin superar el 10% de los ingresos netos anuales de la empresa.
¿Tu organización ya está alineada con el nuevo reglamento?
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