21/09/2023
💰 𝐑𝐄𝐍𝐓𝐀𝐒 𝐃𝐄 𝐒𝐄𝐆𝐔𝐍𝐃𝐀 🏡 📈 Rentas de por de
Si eres persona natural (sin negocio) y vendes un inmueble, debes pagar el a la renta de segunda categoría.
👨🏫 Precisiones 👨🏫 Se debe pagar el impuesto sobre la ganancia obtenida como resultado de la diferencia entre el valor de adquisición del inmueble, actualizado con el Índice de Corrección Monetaria establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas (del mes y año de adquisición), y el valor de venta.
🔴 Excepciones. No se paga impuesto cuando:
👉 El inmueble fue adquirido con anterioridad al 2004.
👉 El inmueble es la casa- habitación del vendedor.
👉 El inmueble es vendido a un precio menor o igual al monto pagado para su adquisición. No hay ganancia.
👉 La venta constituye renta de tercera categoría porque existe habitualidad en la venta de inmuebles.
👉 En estos casos se debe presentar al notario la "Comunicación de no encontrarse obligado a efectuar el pago del impuesto definitivo 2da categoría" para que pueda elevar la compraventa a escritura pública.
⚠ Ten en cuenta ⚠ Se entiende como casa habitación aquel inmueble ocupado que permanezca en propiedad del vendedor por lo menos 2 años y que no esté destinado exclusivamente al comercio, industria, oficina, almacén, cochera o similares
📝 Cálculo del impuesto por pagar
El cálculo del impuesto se determina de acuerdo al tipo de ingreso o ganancia obtenida, en el caso de la venta de Inmuebles se determina:
✅ Descontando el costo actualizado del inmueble al precio de venta, sobre ese resultado, que es la ganancia obtenida, se aplica la tasa del 5%.
💰 Costo de adquisición actualizado de tu inmueble
Para actualizar el costo de adquisición o construcción del inmueble que vendes, debes aplicarle el Índices de Corrección Monetaria - ICM del mes, observa el ejemplo en la gráfica 👇👇
⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚, dando clic aquí ⭕>>> https://wa.link/grupoverona