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🚨 SUNAT ESTÁ CRUZANDO INFORMACIÓN: ¿TU EMPRESA TIENE TODO EN ORDEN?Declarar ingresos en el PDT 621 y no registrar trabaj...
28/08/2026

🚨 SUNAT ESTÁ CRUZANDO INFORMACIÓN: ¿TU EMPRESA TIENE TODO EN ORDEN?

Declarar ingresos en el PDT 621 y no registrar trabajadores en el PLAME puede generar observaciones por parte de SUNAT.

📌 Las inconsistencias pueden involucrar ESSALUD, ONP y Renta de Quinta Categoría.

Si recibiste una Carta Inductiva, es importante revisar primero la información antes de regularizar o presentar un descargo.

✅ Analizamos la observación de SUNAT
✅ Revisamos PDT 621 y PLAME
✅ Determinamos si corresponde regularizar
✅ Elaboramos y presentamos tu descargo

📲 ¿Recibiste una notificación de SUNAT? Envíanos tu carta y revisamos tu caso.

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🚨 𝐎𝐂𝐃𝐄 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐨𝐧𝐞 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐬 𝐧𝐚𝐭𝐮𝐫𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐭𝐫𝐢𝐛𝐮𝐭𝐞𝐧 𝐦𝐚𝐬OCDE proporne consecuencias importantes para trabajadores, restaurante...
27/08/2026

🚨 𝐎𝐂𝐃𝐄 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐨𝐧𝐞 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐬 𝐧𝐚𝐭𝐮𝐫𝐚𝐥𝐞𝐬 𝐭𝐫𝐢𝐛𝐮𝐭𝐞𝐧 𝐦𝐚𝐬
OCDE proporne consecuencias importantes para trabajadores, restaurantes, hoteles, agroexportadores y empresas exportadoras.

La OCDE acaba de presentar su Tax Policy Review: Peru 2026 y su diagnóstico es preocupante:

📉 En 2024, el Perú recaudó aproximadamente 16.3% del PBI.

Mientras tanto, la presión tributaria se ha mantenido prácticamente entre 15% y 19% del PBI desde 1994.

Pero aquí viene lo interesante.

La propia OCDE reconoce que buena parte del problema está relacionado con:

🔴 alta informalidad
🔴 incumplimiento tributario
🔴 evasión
🔴 debilidad para ampliar la base tributaria

Sin embargo, algunas de las propuestas apuntan directamente a quienes YA están dentro del sistema formal. 👀

🔴 1. DE 7 UIT A 5 UIT PARA TRABAJADORES

Actualmente, las rentas del trabajo de cuarta y quinta categoría tienen una deducción básica de 7 UIT.

En 2026:
👉 7 UIT = S/38,500
La OCDE propone evaluar reducirla a:
👉 5 UIT = S/27,500

¿Qué significa?
Que más trabajadores podrían comenzar a pagar Impuesto a la Renta.

Según la propia OCDE, más del 70% de los trabajadores formales obtuvo ingresos inferiores a 7 UIT en 2024.

Ejemplo sencillo:
👨‍💼 Trabajador con renta anual de S/38,500.
Hoy, por la deducción de 7 UIT, esa base puede quedar en cero.
Si la deducción bajara a 5 UIT:
S/38,500
➖ S/27,500
= S/11,000 potencialmente sujetos al impuesto

Aplicando simplificadamente la primera tasa del 8%:

💸 S/880 de Impuesto a la Renta

Sin considerar otras deducciones que pudieran corresponder.
Y laboralmente habría otro efecto:

📌 las empresas tendrían que recalcular las retenciones de quinta categoría de más trabajadores.

✅ Es una recomendación de la OCDE.
❓ ¿Exactamente cuánto más pagaría un trabajador que gana S/3,000, S/4,000 o S/5,000 mensuales?

❓ ¿La reducción de 7 a 5 UIT también afectaría a los independientes que emiten recibos por honorarios?

❓ ¿Qué pasaría con la deducción adicional de hasta 3 UIT?

❓ ¿Las empresas tendrían que retener quinta categoría a trabajadores que hoy no tienen ninguna retención?

❓ ¿Cobrarle impuestos a más trabajadores formales realmente ayudará a reducir la informalidad?

👉 Te ayudamos a formalizar tu negocio.
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LINK DE OCDE:
https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publications/reports/2026/08/oecd-tax-policy-reviews-peru-2026_f2ff74f0/47e6c63e-en.pdf

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🚨 𝐔𝐒𝐎 𝐃𝐄 𝐈𝐆𝐕 𝐃𝐄 𝐄𝐍𝐄𝐑𝐎 𝐏𝐄𝐑𝐎 𝐌𝐄𝐑𝐂𝐀𝐃𝐄𝐑𝐈𝐀 𝐋𝐋𝐄𝐆𝐎́ 𝐄𝐍 𝐅𝐄𝐁𝐑𝐄𝐑𝐎👉 Factura por S/ 70,000 emitida en enero de 2026.👉 La mercadería ...
27/08/2026

🚨 𝐔𝐒𝐎 𝐃𝐄 𝐈𝐆𝐕 𝐃𝐄 𝐄𝐍𝐄𝐑𝐎 𝐏𝐄𝐑𝐎 𝐌𝐄𝐑𝐂𝐀𝐃𝐄𝐑𝐈𝐀 𝐋𝐋𝐄𝐆𝐎́ 𝐄𝐍 𝐅𝐄𝐁𝐑𝐄𝐑𝐎

👉 Factura por S/ 70,000 emitida en enero de 2026.
👉 La mercadería recién ingresa físicamente en febrero de 2026.
👉 La guía de remisión también fue emitida en agosto.

Entonces surge la duda:

¿Puedo registrar la factura en enero y utilizar el crédito fiscal del IGV en ese mismo mes?
✅ Sí.
Y hay un pronunciamiento de SUNAT que resulta muy importante.

📌 El Informe N.° 017-2014-SUNAT/5D0000 reconoce que un comprobante de pago puede emitirse de manera anticipada y que el IGV consignado puede utilizarse como crédito fiscal desde la fecha de emisión, siempre que se cumplan los requisitos sustanciales y formales.

Es decir:
🧾 Factura: enero
🚚 Guía: febrero
📦 Ingreso a almacén: febrero

👉 Eso no impide, por sí solo, utilizar el crédito fiscal en enero.
¿Por qué?
Porque la guía de remisión acredita principalmente el traslado físico de los bienes.

No determina automáticamente el mes en que debe utilizarse el crédito fiscal.

Lo importante será demostrar que:
✅ la operación es real
✅ la factura es válida
✅ el IGV está correctamente discriminado
✅ la adquisición será destinada a operaciones gravadas
✅ existe documentación que sustente toda la transacción

Y aquí viene una recomendación importante 👀
🚨 No te quedes únicamente con la factura.
Conserva:
📋 Orden de compra
💰 Cotización o proforma
📩 Correos o comunicaciones con el proveedor
🧾 XML y CDR de la factura
🏦 Medio de pago
🚚 Guía de remisión de agosto
📦 Parte de ingreso al almacén
📊 Kardex
✅ Conformidad de recepción

Así puedes demostrar claramente esta secuencia:

ENERO ➡️ Compra + factura + crédito fiscal
FENRERO ➡️ Traslado + recepción + ingreso físico de la mercadería

Y este caso deja varias preguntas interesantes:
¿Qué pasa si no hubo ningún pago en julio?
¿SUNAT puede reparar el crédito solo porque la mercadería llegó un mes después?
¿Cómo debería registrarse contablemente la factura si todavía no ingresó la mercadería?
¿Qué documentos son realmente indispensables para defender el crédito fiscal?

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El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, anunció que el Gobierno modificará los regímenes tributarios dirigidos a...
26/08/2026

El ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, anunció que el Gobierno modificará los regímenes tributarios dirigidos a pequeños negocios, entre ellos el Régimen Único Simplificado (RUS) y el Régimen Especial de Renta (RER). El titular del MEF sostuvo que estos esquemas tienen más de tres décadas y requieren una revisión. “Hay regímenes mal diseñados que tienen más de 30 años. Ha llegado la hora de cambiarlos”, afirmó durante la presentación del estudio OECD Tax Policy Review: Peru 2026. Cuba señaló que la facturación electrónica y las nuevas herramientas de la Sunat permiten contar actualmente con mayor información sobre las pequeñas y microempresas.

El ministro explicó que la reforma forma parte de una estrategia para elevar la recaudación y reducir la evasión tributaria, al considerar que el Perú recauda menos que otros países con un PBI per cápita similar. El MEF también impulsa una comisión para combatir el incumplimiento del IGV y del Impuesto a la Renta. Cuba sostuvo que una mayor presión tributaria permitiría incrementar la solvencia fiscal y disponer de más recursos para infraestructura e inclusión social. Por el momento, el anuncio plantea la modificación o revisión del RUS y RER, pero no se han detallado las nuevas reglas que reemplazarían estos esquemas ni cuándo entrarían en vigencia.

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¿Qué sorpresivas medidas de último minuto prepara el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dentro de un ambicioso paqu...
20/08/2026

¿Qué sorpresivas medidas de último minuto prepara el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dentro de un ambicioso paquete tributario y laboral para impulsar la formalización en el país?

Una nueva estrategia está en marcha y promete transformar las reglas del juego para miles de empresas y trabajadores que operan en el sector informal. ¿Cuáles serán los incentivos reales, los requisitos de este nuevo esquema normativo y cómo impactará en la carga fiscal y laboral del mercado nacional?

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🚨𝐈𝐍𝐂𝐑𝐄𝐈𝐁𝐋𝐄: 𝐄𝐋 𝐑𝐔𝐒 𝐒𝐄 𝐐𝐔𝐈𝐍𝐓𝐔𝐏𝐋𝐈𝐂𝐎́ 𝐀𝐋 𝟐𝟎𝟐𝟓.Cifras oficiales de Sunat, tomando diciembre de 2005 frente a diciembre de 20...
20/08/2026

🚨𝐈𝐍𝐂𝐑𝐄𝐈𝐁𝐋𝐄: 𝐄𝐋 𝐑𝐔𝐒 𝐒𝐄 𝐐𝐔𝐈𝐍𝐓𝐔𝐏𝐋𝐈𝐂𝐎́ 𝐀𝐋 𝟐𝟎𝟐𝟓.

Cifras oficiales de Sunat, tomando diciembre de 2005 frente a diciembre de 2025, el Nuevo RUS pasó aproximadamente de 333 mil a 1.63 millones; el RER, de 119 mil a 598 mil; mientras que el Régimen General pasó de aproximadamente 586 mil a 179 mil. A diciembre de 2025, además, el RMT ya tenía alrededor de 941 mil contribuyentes.

Eso confirma que hoy existe una enorme concentración de negocios en los regímenes diseñados para empresas pequeñas. Pero el dato, por sí solo, no demuestra que todos estén fraccionando empresas o evitando crecer deliberadamente.

Un emprendedor comienza en el Nuevo RUS con:

✅ Cuotas de S/20 o S/50.
✅ Sin libros contables.
✅ Sin declaración anual.
✅ Obligaciones relativamente sencillas.
Pero conforme crece aparecen:
🧾 Más obligaciones contables.
📊 Declaraciones y registros electrónicos.
🔍 Mayor necesidad de sustentar costos y gastos.
👷 Más obligaciones laborales.
💰 Eventualmente, reparto de utilidades si supera los 20 trabajadores y cumple los demás requisitos legales.

Ante esta situación, algunas empresas podrían limitar sus ventas, dividir operaciones entre distintos RUC o crear nuevas empresas antes de superar determinados límites.

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🚨 𝐒𝐔𝐍𝐀𝐓 𝐘𝐀 𝐄𝐒𝐓𝐀́ 𝐂𝐑𝐔𝐙𝐀𝐍𝐃𝐎 𝐄𝐌𝐏𝐑𝐄𝐒𝐀𝐒 𝐕𝐈𝐍𝐂𝐔𝐋𝐀𝐃𝐀𝐒🍽️Sunat ha notificado una Esquela de Citación de SUNAT que debería llamar l...
15/08/2026

🚨 𝐒𝐔𝐍𝐀𝐓 𝐘𝐀 𝐄𝐒𝐓𝐀́ 𝐂𝐑𝐔𝐙𝐀𝐍𝐃𝐎 𝐄𝐌𝐏𝐑𝐄𝐒𝐀𝐒 𝐕𝐈𝐍𝐂𝐔𝐋𝐀𝐃𝐀𝐒🍽️
Sunat ha notificado una Esquela de Citación de SUNAT que debería llamar la atención de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos que aplican el beneficio de la Ley N.° 31556.

SUNAT está revisando los periodos enero a diciembre de 2025 porque, según la información registrada en sus sistemas, la empresa habría aplicado la tasa reducida del 8% de IGV pese a formar parte de un grupo económico o mantener vinculación económica con otras empresas.

⚠️ Y aquí está el detalle que muchos empresarios desconocen:

Tener derecho al IGV reducido no depende solamente de ser restaurante u hotel.

La empresa también debe cumplir las condiciones establecidas por la Ley N.° 31556 y su reglamento. SUNAT verifica, entre otros aspectos:

🏢 Que realmente califique como MYPE y no supere las 1,700 UIT.
🍽️ Que por lo menos el 70% de sus ingresos provenga de las actividades beneficiadas.
👥 Que no exista un grupo económico o vinculación económica que la excluya.
📊 Participaciones societarias y posibles relaciones entre empresas.
🔍 Si la vinculación existió durante los meses en que se aplicó el beneficio.

El reglamento es bastante claro: si se configura un grupo económico o vinculación económica, quienes se encuentren comprendidos deben aplicar la tasa general del IGV mientras esa situación subsista.

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🚨 𝐄𝐋𝐈𝐌𝐈𝐍𝐀𝐑 𝐄𝐋 𝐑𝐄𝐑💰🏢Se viene evaluando una reforma de los regímenes tributarios empresariales para que las empresas tribu...
11/08/2026

🚨 𝐄𝐋𝐈𝐌𝐈𝐍𝐀𝐑 𝐄𝐋 𝐑𝐄𝐑💰🏢
Se viene evaluando una reforma de los regímenes tributarios empresariales para que las empresas tributen más en función de lo que realmente ganan y no solamente de cuánto venden.

El principal cuestionamiento está en el Régimen Especial de Renta – RER.

Actualmente una empresa del RER paga:

👉 1.5% de sus ingresos netos mensuales.

No importa directamente cuánto gastó ni cuál fue su margen final.

Veamos un ejemplo sencillo:

Dos empresas venden S/100,000.

🏪 Empresa A gana realmente S/5,000.
🏬 Empresa B gana realmente S/25,000.

Ambas podrían pagar en el RER:

💸 S/1,500 de renta.

Pero esos S/1,500 representan:

📉 30% de la utilidad de la primera empresa.
📈 Solo 6% de la utilidad de la segunda.

¿Es realmente justo que ambas paguen lo mismo? 🤔

Ese es el debate.

💡 Un sistema basado en la renta neta permitiría reconocer:

✅ costo de mercadería
✅ planillas
✅ alquileres
✅ servicios
✅ depreciaciones
✅ otros gastos necesarios para generar ingresos

y cobrar el impuesto sobre lo que realmente quedó como ganancia.

Pero cuidado ⚠️

Tributar sobre utilidades también puede significar mayor complejidad para las MYPE.

Deben acreditar:

⚠️ Causalidad.
⚠️ Fehaciencia de los servicios.
⚠️ Gastos personales de los socios.
⚠️ Proveedores sin capacidad operativa.
⚠️ Bancarización.
⚠️ Depreciaciones.
⚠️ Inventarios.
⚠️ Gastos sin comprobante.

Por eso, una reforma mal diseñada podría cambiar:

“Pago 1.5% y llevo una contabilidad sencilla”

por:

“Pago sobre mi utilidad, pero ahora debo demostrar cada costo y cada gasto”.

📌 Además, el RER NO ha desaparecido.

Hasta hoy sigue vigente el 1.5% sobre ingresos y no existe una nueva tasa aprobada.

Entonces, esta reforma puede ser una buena oportunidad para hacer más justo el sistema, pero la verdadera pregunta será:

¿Se logrará cobrar según la verdadera capacidad económica de la empresa sin hacerle la vida más complicada a las MYPE?

📢 Tributar sobre lo que realmente ganas suena más justo que tributar simplemente sobre lo que vendes. El reto estará en hacerlo simple.

Fuente: Diario Gestion

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🚨 ¿𝐓𝐔 𝐏𝐑𝐎𝐕𝐄𝐄𝐃𝐎𝐑 𝐓𝐄 𝐃𝐈𝐉𝐎 ❞𝐏𝐀́𝐆𝐀𝐋𝐄 𝐀 𝐄𝐒𝐓𝐀 𝐎𝐓𝐑𝐀 𝐄𝐌𝐏𝐑𝐄𝐒𝐀❞❓ ¡𝐍𝐎 𝐓𝐑𝐀𝐍𝐒𝐅𝐈𝐄𝐑𝐀𝐒 𝐓𝐎𝐃𝐀𝐕𝐈́𝐀❗ ¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗼𝗰𝘂𝗿𝗿𝗶𝗼́ 𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗥𝗧𝗙 𝗡.° 𝟬𝟱𝟵𝟱𝟳-𝟭𝟯-𝟮...
07/08/2026

🚨 ¿𝐓𝐔 𝐏𝐑𝐎𝐕𝐄𝐄𝐃𝐎𝐑 𝐓𝐄 𝐃𝐈𝐉𝐎 ❞𝐏𝐀́𝐆𝐀𝐋𝐄 𝐀 𝐄𝐒𝐓𝐀 𝐎𝐓𝐑𝐀 𝐄𝐌𝐏𝐑𝐄𝐒𝐀❞❓ ¡𝐍𝐎 𝐓𝐑𝐀𝐍𝐒𝐅𝐈𝐄𝐑𝐀𝐒 𝐓𝐎𝐃𝐀𝐕𝐈́𝐀❗

¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗼𝗰𝘂𝗿𝗿𝗶𝗼́ 𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗥𝗧𝗙 𝗡.° 𝟬𝟱𝟵𝟱𝟳-𝟭𝟯-𝟮𝟬𝟮𝟲❓ ⚖️

SUNAT observó determinadas compras de 2022 porque la empresa había realizado pagos a terceros designados por su proveedor.

La empresa sí tenía documentos bancarios y sí había realizado los pagos.

Incluso posteriormente comunicó a SUNAT la identidad de esos terceros.

¿Cuál fue el problema?

📅 Los pagos se habían efectuado durante 2022.

📩 La comunicación a SUNAT recién se presentó el 6 de febrero de 2023.

Es decir: Primero pagó → después informó a SUNAT.

El Tribunal Fiscal consideró que eso no cumplía el requisito legal, porque la norma exige que la comunicación sea anterior al pago.

La resolución señala un reparo por aproximadamente S/ 7.24 millones de crédito fiscal vinculado a operaciones cuyo pago a terceros no cumplió esta formalidad.

¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗱𝗶𝗷𝗼 𝗲𝘅𝗮𝗰𝘁𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗲𝗹 𝗜𝗻𝗳𝗼𝗿𝗺𝗲 𝗡.° 𝟬𝟯𝟴-𝟮𝟬𝟮𝟮-𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧❓

¿𝐘 𝐜𝐮𝐚́𝐥 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐥𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐞𝐜𝐮𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐭𝐫𝐢𝐛𝐮𝐭𝐚𝐫𝐢𝐚❓ 💸
El pago puede no dar derecho a:
❌ deducir gasto o costo;
❌ utilizar crédito fiscal;



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🚨 ¡𝐕𝐄𝐍𝐂𝐄 𝐄𝐋 𝟑𝟏 𝐃𝐄 𝐀𝐆𝐎𝐒𝐓𝐎 𝐋𝐀 𝐎𝐏𝐎𝐑𝐓𝐔𝐍𝐈𝐃𝐀𝐃 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐑𝐄𝐆𝐔𝐋𝐀𝐑𝐈𝐙𝐀𝐑 𝐄𝐋 𝐒𝐈𝐑𝐄 𝐒𝐈𝐍 𝐌𝐔𝐋𝐓𝐀𝐒❗ SUNAT permitirá hasta el 31 de agosto de 20...
05/08/2026

🚨 ¡𝐕𝐄𝐍𝐂𝐄 𝐄𝐋 𝟑𝟏 𝐃𝐄 𝐀𝐆𝐎𝐒𝐓𝐎 𝐋𝐀 𝐎𝐏𝐎𝐑𝐓𝐔𝐍𝐈𝐃𝐀𝐃 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐑𝐄𝐆𝐔𝐋𝐀𝐑𝐈𝐙𝐀𝐑 𝐄𝐋 𝐒𝐈𝐑𝐄 𝐒𝐈𝐍 𝐌𝐔𝐋𝐓𝐀𝐒❗

SUNAT permitirá hasta el 31 de agosto de 2026 su facultad discrecional para no sancionar ciertas infracciones vinculadas con el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico —RVIE— y el Registro de Compras Electrónico —RCE—.

La facilidad comprende únicamente las infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario:

✅ Llevar los registros sin respetar las formas y condiciones establecidas.
✅ No generar oportunamente el RVIE o el RCE.
✅ Anotar comprobantes fuera del plazo máximo de atraso.
✅ Omitir comprobantes o documentos.
✅ Registrar operaciones por importes inferiores.
✅ Realizar ajustes pendientes dentro del SIRE.

¿A quiénes alcanza?

📌 Grupo 1: contribuyentes que, hasta mayo de 2026, ya se encontraban obligados a utilizar el SIRE.

No significa que comenzaron a estar obligados en mayo. Incluye a contribuyentes incorporados en periodos anteriores.

📌 Grupo 2: determinados contribuyentes que adquieren la obligación de utilizar el SIRE desde junio de 2026, conforme a los incisos f) y h) de la Resolución N.° 000112-2021/SUNAT.

Para ambos grupos, las infracciones correspondientes a junio y julio de 2026 pueden regularizarse hasta el 31 de agosto. 📅

La facilidad no elimina:
❌ El IGV omitido.
❌ Los intereses moratorios.
❌ La obligación de rectificar el Formulario Virtual 621.
❌ Las multas por otras infracciones.
❌ Los reparos por operaciones falsas o no reales.

Por ejemplo, si una factura de venta fue omitida en el SIRE y también en la declaración mensual, no basta con agregarla al RVIE. También deberá evaluarse la rectificación del IGV y el pago del impuesto más los intereses.

💡 La fecha límite es clara: 31 de agosto de 2026.

Antes de esa fecha revisa:

🔍 Que todos los RVIE y RCE hayan sido generados.
🧾 Que no existan facturas o notas omitidas.
📊 Que los importes coincidan con el Formulario Virtual 621.
🔄 Que se hayan efectuado los ajustes correspondientes.
📂 Que se conserven las constancias y archivos generados.



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