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📌DECRETO SUPREMO N° 392-2020-EFValor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2021Para  el año 2021, el valor de l...
15/12/2020

📌DECRETO SUPREMO N° 392-2020-EF

Valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2021
Para el año 2021, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Cuatrocientos y 00/100 Soles (S/ 4 ,400.00)

DENUNCIA POLICIAL POR PÉRDIDA DE DOCUMENTOS DE MANERA VIRTUAL.Ahora puedes realizar la denuncia de perdida de documentos...
29/09/2020

DENUNCIA POLICIAL POR PÉRDIDA DE DOCUMENTOS DE MANERA VIRTUAL.

Ahora puedes realizar la denuncia de perdida de documentos ( DNI, Brevetes, Pasaportes, FACTURAS, GUÍAS, BOLETAS DE VENTA u otro comprobante de pago, etc) de manera virtual con el nuevo servicio de DENUNCIA POLICIAL DIGITAL lanzado por la Policía Nacional del Perú .
📌 Solo debes ingresar a la Web de la Policía Nacional , completar los datos y detalles de dónde ocurrió el robo, hurto o extravio de documentos .

Es un trámite GRATUITO y que tiene el mismo valor legal de la denuncia policial presencial.

Sigue este enlace: 👉https://bit.ly/3nazZOq

SE AMPLÍA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE PLAZO PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/ O FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO📌 Medid...
28/09/2020

SE AMPLÍA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE PLAZO PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/ O FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO
📌 Medida busca dar alivio tributario a los contribuyentes cuyos ingresos disminuyeron por impacto de la pandemia de la Covid-19.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) recibirá hasta el 31 de diciembre de este año las solicitudes que las personas naturales y empresas presenten para aplazar hasta por 6 meses y/o fraccionar hasta por 36 meses sus deudas con el Tesoro Público o con EsSalud.
El plazo, que inicialmente vencía este miércoles 30, fue ampliado mediante Decreto Supremo N° 285-2020-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
El Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) tiene por objetivo dar alivio tributario a esas personas naturales y empresas con la finalidad de atenuar su falta de liquidez y posibilitar que puedan continuar con sus negocios para contribuir a la reactivación económica del Perú.
El trámite puede realizarse vía Internet, sin necesidad de salir de casa, las 24 horas del día. Para que la solicitud de acogimiento sea procedente el contribuyente debe cumplir los siguientes requisitos:
✓ Estar inscritos en el RUC
✓ Que, en el caso de las empresas, sus ingresos netos de marzo y abril de este año sean menores a los de similares meses del año pasado.
✓ Que hayan presentado sus declaraciones mensuales de IGV y Renta de los periodos tributarios de marzo y abril 2020.
✓ Que no tengan un saldo mayor a 215 soles (5% de la UIT) en su cuenta de detracciones.
✓ Que hayan presentado las declaraciones correspondientes a la deuda tributaria por la que se solicita el fraccionamiento.
✓ Los que hayan entregado o formalizado la garantía, cuando corresponda.
Aquellos que cumplan los requisitos pueden solicitar el fraccionamiento o el aplazamiento de su deuda tributaria para lo cual deben utilizar el Formulario Virtual N° 1704, disponible en el portal institucional (www.sunat.gob.pe).
Es importante indicar que no podrán acogerse los contribuyentes con condena vigente por delito tributario y aduanero, las instituciones del sector público nacional, así como los comprendidos en la Ley 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado.
Se pueden fraccionar deudas exigibles y pendientes de pago con el tesoro público o EsSalud que hayan sido generadas durante la emergencia sanitaria, e incluso la deuda anterior, en cualquier estado (en cobranza, reclamada, apelada, demanda contenciosa administrativa o en proceso de amparo) tales como:
✓ IGV, Impuesto a la Renta Anual.
✓ Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría de los meses de enero, febrero y marzo del 2020.
✓ Los saldos de fraccionamientos anteriores.
✓ Las contribuciones a EsSalud.
✓ Las deudas por multas.
✓ Liquidaciones de cobranzas de tributos aduaneros, vinculados a resoluciones de determinación y multas.
El aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tendrá una tasa de interés mensual del 0.4%, la mitad de la tasa normal aplicable en esos casos.

Es importante indicar que a la fecha se han presentado más de 57 mil solicitudes por un monto total acumulado que superan los 2,500 millones de soles. Del total de solicitudes presentadas a la fecha, ya se atendieron el 74% (más de 42,000 solicitudes).
El 54% de estas solicitudes es por aplazamiento con fraccionamiento, un 44% solo fraccionamiento y el 3% solo aplazamiento

Si deseas que la Sunat aplace o fraccione tus deudas tributarias con el fin de poder afrontar las medidas del estado de ...
28/09/2020

Si deseas que la Sunat aplace o fraccione tus deudas tributarias con el fin de poder afrontar las medidas del estado de emergencia por coronavirus, puedes solicitarlo vía online a la entidad hasta el 30 de setiembre del 2020.de esa manera poder contribuir a la Reactivacion Economica del pais

𝐒𝐨𝐥𝐨 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞𝐬 𝐚𝐜𝐨𝐠𝐞𝐫 𝐚𝐥 𝐑𝐀𝐅 𝐥𝐨𝐬 𝐬𝐢𝐠𝐮𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐭𝐢𝐩𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐝𝐞𝐮𝐝𝐚𝐬 𝐭𝐫𝐢𝐛𝐮𝐭𝐚𝐫𝐢𝐚𝐬:

📌𝑳𝒂𝒔 𝒂𝒅𝒎𝒊𝒏𝒊𝒔𝒕𝒓𝒂𝒅𝒂𝒔 𝒑𝒐𝒓 𝒍𝒂 𝑺𝒖𝒏𝒂𝒕, 𝒗𝒆𝒏𝒄𝒊𝒅𝒂𝒔 𝒚 𝒑𝒆𝒏𝒅𝒊𝒆𝒏𝒕𝒆𝒔, 𝒉𝒂𝒔𝒕𝒂 𝒍𝒂 𝒇𝒆𝒄𝒉𝒂 𝒅𝒆 𝒑𝒓𝒆𝒔𝒆𝒏𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒔𝒐𝒍𝒊𝒄𝒊𝒕𝒖𝒅.
📌𝑳𝒐𝒔 𝒔𝒂𝒍𝒅𝒐𝒔 𝒅𝒆 𝒂𝒑𝒍𝒂𝒛𝒂𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔 𝒐 𝒇𝒓𝒂𝒄𝒄𝒊𝒐𝒏𝒂𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔 𝒑𝒆𝒏𝒅𝒊𝒆𝒏𝒕𝒆𝒔 𝒅𝒆 𝒑𝒂𝒈𝒐, 𝒂 𝒍𝒂 𝒇𝒆𝒄𝒉𝒂 𝒆𝒏 𝒒𝒖𝒆 𝒔𝒆 𝒑𝒓𝒆𝒔𝒆𝒏𝒕𝒂 𝒍𝒂 𝒔𝒐𝒍𝒊𝒄𝒊𝒕𝒖𝒅.
📌𝑻𝒐𝒅𝒂𝒔 𝒍𝒂𝒔 𝒅𝒆𝒖𝒅𝒂𝒔 𝒕𝒓𝒊𝒃𝒖𝒕𝒂𝒓𝒊𝒂𝒔, 𝒔𝒊𝒏 𝒊𝒎𝒑𝒐𝒓𝒕𝒂𝒓 𝒔𝒊 𝒔𝒆 𝒆𝒏𝒄𝒖𝒆𝒏𝒕𝒓𝒂𝒏 𝒆𝒏 𝒄𝒐𝒃𝒓𝒂𝒏𝒛𝒂 𝒄𝒐𝒂𝒄𝒕𝒊𝒗𝒂 𝒐 𝒊𝒎𝒑𝒖𝒈𝒏𝒂𝒅𝒂𝒔, 𝒐 𝒔𝒊 𝒔𝒆 𝒉𝒂 𝒏𝒐𝒕𝒊𝒇𝒊𝒄𝒂𝒅𝒐 𝒑𝒐𝒓 𝒔𝒖 𝒄𝒂𝒖𝒔𝒂 𝒖𝒏𝒂 𝒐𝒓𝒅𝒆𝒏 𝒅𝒆 𝒑𝒂𝒈𝒐, 𝒓𝒆𝒔𝒐𝒍𝒖𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒅𝒆𝒕𝒆𝒓𝒎𝒊𝒏𝒂𝒄𝒊ó𝒏, 𝒓𝒆𝒔𝒐𝒍𝒖𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒎𝒖𝒍𝒕𝒂 𝒖 𝒐𝒕𝒓𝒂𝒔 𝒓𝒆𝒔𝒐𝒍𝒖𝒄𝒊𝒐𝒏𝒆𝒔 𝒆𝒎𝒊𝒕𝒊𝒅𝒂𝒔 𝒑𝒐𝒓 𝒍𝒂 𝑺𝒖𝒏𝒂𝒕.

𝐂𝐎𝐍𝐃𝐈𝐂𝐈𝐎𝐍𝐄𝐒

📌𝑯𝒂𝒃𝒆𝒓 𝒑𝒓𝒆𝒔𝒆𝒏𝒕𝒂𝒅𝒐 𝒍𝒂𝒔 𝒅𝒆𝒄𝒍𝒂𝒓𝒂𝒄𝒊𝒐𝒏𝒆𝒔 𝒎𝒆𝒏𝒔𝒖𝒂𝒍𝒆𝒔 𝑰𝑮𝑽 𝑹𝒆𝒏𝒕𝒂 𝒄𝒐𝒓𝒓𝒆𝒔𝒑𝒐𝒏𝒅𝒊𝒆𝒏𝒕𝒆𝒔 𝒂 𝒍𝒐𝒔 𝒑𝒆𝒓í𝒐𝒅𝒐𝒔 𝒕𝒓𝒊𝒃𝒖𝒕𝒂𝒓𝒊𝒐𝒔 𝒎𝒂𝒓𝒛𝒐 𝒚 𝒂𝒃𝒓𝒊𝒍 𝒅𝒆 2020.
📌𝑺𝒊 𝒈𝒆𝒏𝒆𝒓𝒂𝒔 𝒓𝒆𝒏𝒕𝒂𝒔 𝒅𝒆 3𝒓𝒂 𝒄𝒂𝒕𝒆𝒈𝒐𝒓í𝒂, 𝒐𝒃𝒕𝒊𝒆𝒏𝒆𝒔 𝒊𝒏𝒈𝒓𝒆𝒔𝒐𝒔 𝒈𝒓𝒂𝒗𝒂𝒅𝒐𝒔 𝒄𝒐𝒏𝒔𝒊𝒅𝒆𝒓𝒂𝒅𝒐𝒔 𝒅𝒆 3𝒓𝒂, 𝒐 𝒑𝒆𝒓𝒄𝒊𝒃𝒆𝒔 𝒓𝒆𝒏𝒕𝒂𝒔 𝒅𝒆 𝒐𝒕𝒓𝒐 𝒕𝒊𝒑𝒐 𝒂 𝒍𝒂 𝒗𝒆𝒛.
📌𝑯𝒂𝒃𝒆𝒓 𝒗𝒊𝒔𝒕𝒐 𝒓𝒆𝒅𝒖𝒄𝒊𝒅𝒐𝒔 𝒕𝒖𝒔 𝒊𝒏𝒈𝒓𝒆𝒔𝒐𝒔 𝒏𝒆𝒕𝒐𝒔 𝒎𝒆𝒏𝒔𝒖𝒂𝒍𝒆𝒔 𝒂𝒄𝒖𝒎𝒖𝒍𝒂𝒅𝒐𝒔 𝒅𝒆 𝒍𝒐𝒔 𝒑𝒆𝒓𝒊𝒐𝒅𝒐𝒔 𝒕𝒓𝒊𝒃𝒖𝒕𝒂𝒓𝒊𝒐𝒔 𝒅𝒆 𝒎𝒂𝒓𝒛𝒐 𝒚 𝒂𝒃𝒓𝒊𝒍 𝒅𝒆𝒍 2020, 𝒆𝒏 𝒄𝒐𝒎𝒑𝒂𝒓𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒄𝒐𝒏 𝒍𝒐𝒔 𝒎𝒊𝒔𝒎𝒐𝒔 𝒑𝒆𝒓𝒊𝒐𝒅𝒐 𝒅𝒆 2019.
📌𝑵𝒐 𝒕𝒆𝒏𝒆𝒓 𝒖𝒏 𝒔𝒂𝒍𝒅𝒐 𝒎𝒂𝒚𝒐𝒓 𝒂 𝑺/ 215.00 𝒆𝒏 𝒕𝒖 𝒄𝒖𝒆𝒏𝒕𝒂 𝒅𝒆 𝒅𝒆𝒕𝒓𝒂𝒄𝒄𝒊𝒐𝒏𝒆𝒔, 𝒏𝒊 𝒕𝒂𝒎𝒑𝒐𝒄𝒐 𝒊𝒏𝒈𝒓𝒆𝒔𝒐𝒔 𝒄𝒐𝒎𝒐 𝒓𝒆𝒄𝒂𝒖𝒅𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒑𝒆𝒏𝒅𝒊𝒆𝒏𝒕𝒆𝒔 𝒅𝒆 𝒂𝒑𝒍𝒊𝒄𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒂𝒍 𝒅í𝒂 𝒉á𝒃𝒊𝒍 𝒂𝒏𝒕𝒆𝒓𝒊𝒐𝒓 𝒂 𝒍𝒂 𝒇𝒆𝒄𝒉𝒂 𝒅𝒆 𝒑𝒓𝒆𝒔𝒆𝒏𝒕𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒔𝒐𝒍𝒊𝒄𝒊𝒕𝒖𝒅 𝑹𝑨𝑭.
📌𝑯𝒂𝒃𝒆𝒓 𝒑𝒓𝒆𝒔𝒆𝒏𝒕𝒂𝒅𝒐 𝒕𝒐𝒅𝒂𝒔 𝒍𝒂𝒔 𝒅𝒆𝒄𝒍𝒂𝒓𝒂𝒄𝒊𝒐𝒏𝒆𝒔 𝒒𝒖𝒆 𝒄𝒐𝒓𝒓𝒆𝒔𝒑𝒐𝒏𝒅𝒂𝒏 𝒂 𝒍𝒂 𝒅𝒆𝒖𝒅𝒂 𝒕𝒓𝒊𝒃𝒖𝒕𝒂𝒓𝒊𝒂 𝒑𝒐𝒓 𝒍𝒂 𝒒𝒖𝒆 𝒔𝒐𝒍𝒊𝒄𝒊𝒕𝒂𝒔 𝒆𝒍 𝑹𝑨𝑭, 𝒆𝒙𝒄𝒆𝒑𝒕𝒐 𝒄𝒖𝒂𝒏𝒅𝒐 𝒕𝒖 𝒅𝒆𝒖𝒅𝒂 𝒆𝒔𝒕á 𝒄𝒐𝒏𝒕𝒆𝒏𝒊𝒅𝒂 𝒆𝒏 𝒖𝒏𝒂 𝒓𝒆𝒔𝒐𝒍𝒖𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒅𝒆𝒕𝒆𝒓𝒎𝒊𝒏𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝑺𝒖𝒏𝒂𝒕 𝒚 𝒔𝒊 𝒔𝒆 𝒕𝒓𝒂𝒕𝒂 𝒅𝒆 𝒄𝒖𝒐𝒕𝒂𝒔 𝒎𝒆𝒏𝒔𝒖𝒂𝒍𝒆𝒔 𝒅𝒆𝒍 𝑵𝒖𝒆𝒗𝒐 𝑹é𝒈𝒊𝒎𝒆𝒏 Ú𝒏𝒊𝒄𝒐 𝑺𝒊𝒎𝒑𝒍𝒊𝒇𝒊𝒄𝒂𝒅𝒐 𝒐 𝒔𝒂𝒍𝒅𝒐𝒔 𝒅𝒆 𝒂𝒑𝒍𝒂𝒛𝒂𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔 𝒚/𝒐 𝒇𝒓𝒂𝒄𝒄𝒊𝒐𝒏𝒂𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐𝒔 𝒂𝒏𝒕𝒆𝒓𝒊𝒐𝒓𝒆𝒔 𝒒𝒖𝒆 𝒑𝒐𝒅𝒓í𝒂𝒔 𝒂𝒄𝒐𝒈𝒆𝒓 𝒂𝒍 𝑹𝑨𝑭.

𝐑𝐄𝐐𝐔𝐈𝐒𝐈𝐓𝐎𝐒

📌𝐍ú𝐦𝐞𝐫𝐨 𝐑𝐔𝐂.
📌𝐂𝐥𝐚𝐯𝐞 𝐒𝐎𝐋 𝐝𝐞 𝐒𝐮𝐧𝐚𝐭. 𝐒𝐢 𝐧𝐨 𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐚𝐬 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥𝐥𝐚, 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞𝐬 𝐨𝐛𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫𝐥𝐚 𝐯í𝐚 𝐨𝐧𝐥𝐢𝐧𝐞.
📌𝐄𝐧𝐭𝐫𝐞𝐠𝐚𝐫 𝐨 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐫 𝐮𝐧𝐚 𝐠𝐚𝐫𝐚𝐧𝐭í𝐚, 𝐬𝐢 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐞𝐬𝐩𝐨𝐧𝐝𝐞. 𝐄𝐧 𝐜𝐚𝐬𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐫𝐚𝐫𝐢𝐨, 𝐧𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐜𝐞𝐝𝐞𝐫á 𝐞𝐥 𝐑𝐀𝐅.

A la fecha se han presentado más de 57,000 solicitudes por un monto total acumulado que superan los S/ 2,500 millones.

Del total de solicitudes presentadas a la fecha, ya se atendieron el 74% (más de 42,000 solicitudes).

El 54% de estas solicitudes es por aplazamiento con fraccionamiento, un 44% solo fraccionamiento y el 3% solo aplazamiento.

El trámite puede realizarse vía internet, sin necesidad de salir de casa, las 24 horas del día.

𝐅𝐔𝐄𝐍𝐓𝐄
📌http://www.sunat.gob.pe/
📌https://gestion.pe/tu-dinero/sunat-deudas-plazo-para-acogerse-al-aplazamiento-y-fraccionamiento-de-deudas-tributarias-vence-en-tres-dias-noticia/?ref=gesr

Para mayor informacion sobre los pasos a seguir puedes contactarte con
𝐘𝐀𝐐𝐔𝐄𝐋𝐈𝐍 𝐎𝐋𝐈𝐕𝐀𝐑𝐄𝐒
𝐂𝐎𝐍𝐒𝐔𝐋𝐓𝐎𝐑𝐀 𝐂𝐎𝐍𝐓𝐀𝐁𝐋𝐄
cel: 969148396
o al siguiente correo
𝒈𝒓𝒖𝒑𝒐𝒔𝒂𝒍𝒂𝒛𝒂𝒓.𝒂𝒔𝒐𝒄𝒊𝒂𝒅𝒐𝒔@𝒈𝒎𝒂𝒊𝒍.𝒄𝒐𝒎

Administramos los tributos del Gobierno Nacional Peruano

La situación que vive nuestro país ameritaba nuevos procesos para agilizar y solucionar el gran problema que es la infor...
04/09/2020

La situación que vive nuestro país ameritaba nuevos procesos para agilizar y solucionar el gran problema que es la informalidad.

Excelente trabajo, SUNAT.

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Beneficios del Régimen General1. Pago de impuestos en base a tu ganancia obtenida.2. Solo llevas dos registros contables...
04/09/2020

Beneficios del Régimen General

1. Pago de impuestos en base a tu ganancia obtenida.

2. Solo llevas dos registros contables. (Registro de compras y Registro de Ventas)

3. Solo presentas declaraciones mensuales.

4. No tienes obligación de presentar Declaraciones Anuales.

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04/09/2020

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