17/09/2021
Buen día, la SUNAT a establecido que en las Facturas Electrónicas que usted emita deberá colocar la Forma de pago: CRÉDITO o CONTADO. A partir del día 01/09/2021.
➡️ DEBES CONOCER QUE:
✅ Hasta el momento Sunat no ha habilitado una casilla especifica para esa información en el Portal de SUNAT SOL así que por el momento se deberá consignar en la casilla "Observaciones" la forma de pago: Contado o Crédito.
✅ No aplica para BOLETAS de venta. (Por ahora)
✅ Los comprobantes emitidos desde el portal desde el día 01/09. podrán ser aceptados. Pero se recomienda que TODAS las FACTURAS sean emitidas con el detalle de TIPO DE PAGO.
✅ EN caso se ha colocado CRÉDITO, debe colocarle le fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a pagar.
✅ En caso la empresa brinde SERVICIOS, no olvidarse colocar OPERACION SUJETA A SPOT (DETRACCIONES) % * Colocar el porcentaje según la tabla de servicios que opera la empresa.
🛑
Mediante Resolución de Superintendencia N° 193-2020/SUNAT publicado el 07 de noviembre del 2020, en el Diario Oficial El Peruano, cuya vigencia fue postergada hasta el 01 de setiembre del 2021, se modifica la normativa sobre emisión electrónica en relación con la factura electrónica, el recibo...