02/07/2020
Se publicó la RM 448-2020-MINSA que, entre otros:
- Deroga la RM 239-2020-MINSA
- Aprueba los Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores.
- Modifica el art. 2.3 de la RM 377-2020-MINSA, precisando que el Plan se actualiza si la empresa añade o modifica alguna etapa o procedimiento en el contexto COVID-19 anteriormente declarado.
- Señala que el CENSOPAS coordinará la creación de un aplicativo para el registro de denuncias por parte de los trabajadores. Además, que el CENSOPAS podrá requerir información a las personas, profesionales de salud o los representantes de Comité de SST a través de los correos registrados en el Plan.
Sobre el documento técnico Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores, cambian o se precisan varios aspectos, como estos:
* Para los puestos de mediano riesgo ya no es obligatorio la aplicación de pruebas serológicas o moleculares, salvo indicación del profesional o autoridad de salud.
* No hay obligación de tomar temperatura al personal cuando son menos de 20 trabajadores.
*Los trabajadores con factores de riesgo que hayan superado el COVID-19, podrán reanudar sus actividades.
* El Plan debe contener medidas a implementar para practicantes, visitas o proveedores y debe formar parte de Sistema de Gestión de SST.
*El servicio de SST o el personal de salud del empleador es responsable del seguimiento y gestionar la notificación de algun positivo a la entidad de salud correspondiente.
Aquí pueden revisarla de manera completa
Aprobar el Documento Técnico: "Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19" que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.