16/04/2024
Las Sociedades por Acciones Simplificadas en El Salvador (SAS)
Las sociedades por Acciones simplificadas, es una personería jurídica que resulta de la asociación de una o más personas que pueden ser naturales o jurídicas, Según la el Art. 305-A Código. de Comercio, están puedan realizar su proceso de registro e inscripción a través de un proceso simplificado para poder establecer sus operaciones en El Salvador.
Otro punto importante de esta nueva personería Jurídica es que puede ser constituida de forma unipersonal, es decir que el interesado no necesita de otra persona para su legalización y constitución.
¿Cuál es la personalidad jurídica de las SAS?
Personalidad jurídica independiente: Las SAS cuentan con personalidad jurídica propia e independiente de sus accionistas, lo que significa que estos no son responsables por las obligaciones de la sociedad. Esta personalidad se adquiere al momento de su inscripción en el Registro de Comercio.
Base legal: Decreto 905, de fecha 6 de diciembre de 2023, publicado en el diario oficial 441, de fecha 13 de diciembre de 2023.
Ventajas de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en El Salvador
Unipersonalidad: Pueden estar constituidas por una sola persona, ya sea natural o jurídica.
Ventaja para el Comerciante Individual: Permite separar su patrimonio personal con el patrimonio de la sociedad, lo cual limita la responsabilidad y protege a la persona natural o jurídica.
Flexibilidad en el Capital Social: Es Fijado por los accionistas, con aporte libre a partir de US$1, el cual incluso puede ser un aporte de trabajo o mano de obra, teniendo hasta dos años para el pago insoluto (Art. 305-d-D).
Creación por Sociedades Extranjeras: Permite el registro e incorporación por sociedades extranjeras, facilitando el proceso mediante documentos constitutivos del país de origen apostillados y presentados en idioma castellano.
Transformación de Sociedades Existentes: Las sociedades ya existentes pueden adoptar el tipo SAS por medio de su transformación o fusión mediante aprobación de junta general o por pacto social.
Acceso desde el Exterior: Las personas interesadas en el extranjero pueden constituir sociedades dentro del país mediante firma electrónica certificada.
Aspectos Legales
• Régimen de Capital, estas pueden adoptar el régimen de capital variable (Art. 305-F).
• Flexibilidad en el pago del capital: Los accionistas pueden acordar libremente las reglas para el pago del capital, incluso después de la inscripción de la sociedad, y este puede efectuarse en bienes, efectivo, transferencias bancarias o incluso a través de billeteras electrónicas.
• Regulación interna: La estructura orgánica y las normas internas de la SAS se establecen en su pacto social. La junta general de accionistas, el accionista único o el órgano social definido en el pacto social pueden acordar los libros sociales para su funcionamiento.
• Derechos de los accionistas: Se prevén mecanismos que permitan a los accionistas minoritarios tener voz y voto en la toma de decisiones, incluso la posibilidad de solicitar sesiones y asuntos específicos en la junta general.
• Disolución simplificada: Se establece un procedimiento simplificado para la disolución de las SAS, siempre que no existan cuentas pendientes por pagar ni obligaciones por cumplir. Los liquidadores deben repartir el haber social en un plazo de treinta días hábiles.
• Obligaciones contables: La SAS debe cumplir con las obligaciones contables establecidas para el comerciante social, y la forma de llevar la contabilidad puede variar según su activo en giro.
Les aplica las obligaciones Mercantiles como Tributarias.