22/01/2026
Agentes de retención del IRPF en alquileres
El sujeto obligado al pago del IRPF por arrendamientos es siempre el propietario del inmueble (arrendador). No obstante, en determinados casos existen agentes de retención que actúan en nombre del contribuyente.
Cuando la garantía del contrato de alquiler es ANDA o la Contaduría General de la Nación (CGN), estas entidades son las responsables de practicar la retención y verter el impuesto a DGI.
En los contratos que cuentan con otro tipo de garantía (aseguradoras privadas, garantía propietaria u otras), la obligación de retener el IRPF recae sobre la inmobiliaria o el administrador del inmueble, en caso de intervenir en la gestión del alquiler.
Los agentes de retención, además, deben presentar mensualmente ante DGI la declaración correspondiente, detallando:
Los arrendamientos administrados.
Los montos retenidos por concepto de IRPF.
Cualquier renta de capital inmobiliario acreditada.
Cuando no existe agente de retención, el propio arrendador debe realizar anticipos mensuales del impuesto.
Asimismo, si el arrendatario no abona el alquiler, el contribuyente igualmente debe efectuar los anticipos de IRPF para que el contrato pueda ser oponible en una eventual acción judicial.
Cuándo y cómo se puede exonerar el IRPF por alquileres
El IRPF es un impuesto personal, por lo que si un inmueble pertenece a más de un propietario, el mínimo no imponible se computa por persona.
Actualmente, se encuentra exonerado del pago de IRPF quien cumpla simultáneamente con las siguientes condiciones:
Que el total de rentas por arrendamientos no supere las 40 BPC anuales por propietario, lo que equivale hoy a $ 274560 anuales, con un tope mensual aproximado de $22880.
Que el arrendador levante el secreto bancario ante la DGI.
Que no perciba otras rentas de capital superiores a 3 BPC anuales.
La exoneración no es automática: debe ser solicitada y tramitada ante la DGI.
Si corresponde, el organismo emite un certificado firmado y sellado, en el que se establece el período de vigencia de la exoneración, el cual depende del monto del alquiler y sus eventuales reajustes.