31/08/2016
Estimados usuarios, en vista de la gran cantidad de consultas y preguntas que hemos recibido referentes a esta noticia, consideramos importante hacer algunos comentarios. Como ya es conocido, el 01/07/2016 es publicada una nueva providencia (N° DG/2016/A-0013) donde se mencionan algunos puntos importantes en cuanto a la inscripcion en el RNC, siendo el que mas destaca, la Calificacion Inmediata. Si bien es cierto que, luego de enviar los datos desde la sesion al RAC (y haber seleccionado la opcion "Requiere Calificacion") al buscarnos en el sistema en linea, nos refleja por defecto el mensaje de que la empresa se encuentra Habilitada para contratar con el Estado. Sin embargo, dicho mensaje no quiere decir que el tramite se encuentra finalizado ni mucho menos es definitivo, solo es de forma provisional, ya que solo estara vigente por un lapso de diez (10) dias habiles, dando oportunidad de que consignemos ante las oficinas del RNC todos los requisitos y soportes necesarios para su respectivo analisis. Si luego de los diez dias, no hemos presentado la documentacion, dicho mensaje se cancela, y volveremos a estar inhabilitados; si por el contrario consignamos los documentos y soportes, y luego del analisis son aprobados, se mantendra de manera definitiva nuestra habilitacion para contratar con el Estado hasta el proximo 30 de Junio, y gracias a los soportes y registros contables, habremos obtenido nuestra Calificacion Financiera (antiguo Nivel de Contratacion). Por otra parte, tambien es importante mencionar que en la misma providencia se establece que, en caso de que el RNC considere que los soportes y registros contables consignados presentan algun tipo de inconsistencia, pueden solicitar un proceso de auditoria a la empresa en cuestion (tiempo durante el cual quedara suspendido el tramite). Si durante el proceso de auditoria, el RNC considera que persisten dudas sobre la veracidad de los registros contables, tienen potestad legal para iniciar un Procedimiento Administrativo a la empresa. Es por este motivo que desde AMP Asesoria Mercantil Personalizada reiteramos a todos nuestros usuarios y Contratistas en general concientizarse y dar la importancia necesaria a este aspecto. Por ultimo, adjuntamos copia de la Providencia N° DG/2016/A-0013 publicada el 01/07/2016. Esperamos haber aclarado cualquier duda al respecto, y atento a cualquier comentario de su parte.