25/02/2021
Migrantes, no refugiados.
La Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur) consideró en mayo de 2019 que la mayoría de quienes dejan Venezuela lo hacen debido a la crisis humanitaria; por lo tanto, deberían ser considerados como refugiados. Además, recomendó a los Estados receptores que se le otorgue esa protección internacional de manera grupal y no individual.
El Gobierno de Ecuador también reconoció la crisis humanitaria en Venezuela como el motor principal para la migración masiva, al firmar la Declaración de Quito, y lo reafirmó con el Decreto 826. Sin embargo, a los venezolanos no se los considera refugiados, sino migrantes en una situación especial.
De acuerdo al artículo 98 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, una persona es considerada refugiada cuando realiza en Ecuador una solicitud de protección, ya que en su país de origen su seguridad y su vida corre peligro, sea por persecución contra una comunidad en específica o por incapacidad del Estado para garantizar los derechos humanos.
La legislación ecuatoriana plantea que, para recibir la protección internacional se requiere el reconocimiento individual y no por grupo, como lo recomendó Acnur. Es decir, en Ecuador un venezolano es un migrante hasta demostrar lo contrario, por lo que si no cuenta con los requisitos para la visa no podrá regularizar su situación.
Hasta marzo de 2020 alrededor de 140.000 venezolanos tenían una visa o habían solicitado una. De esa cantidad, 25.000 obtuvieron la visa humanitaria, de acuerdo a las cifras expuestas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Los otros 165.000 venezolanos que se estima están dentro del país, para ese mes no habían gestionado el permiso de permanencia.
“No existe mecanismos del Estado para aquellos que no puedan recibir la visa humanitaria y deban pagar la multas que equivale a mucho dinero”, declaró Andreu Castro, presidente de la Fundación Mueve, organización que apoya a venezolanos en Guayaquil.
Castro señaló que la mayoría de los que se quedarán en la irregularidad no cuentan con el pasaporte, “aunque también hay quienes entraron al país y lo tenían vencido o lo obtuvieron posteriormente a su llegada”, informó.
Sobre estas personas el activista indicó que su situación se complicó cuando salieron del país por diferentes motivos y regresaron después del 25 de julio de 2019. De acuerdo al Decreto 826, los venezolanos que ingresaran luego de esa fecha, no califican para recibir la visa humanitaria dentro de Ecuador.
“Quien esté en esa situación tendría que hacer una solicitud de la cita para la visa, como si estuviera en Lima o Bogotá, donde quedan los únicos consulados ecuatorianos autorizados para emitir el documento humanitario”, explicó.
Castro detalló que esa opción es solo para quienes tienen el pasaporte vigente. Aquellos con el documento de viaje vencido no pueden tramitar la visa por los consulados. “Solo dentro de Ecuador se aceptan pasaporte sin vigencia”, destacó el activista.