05/02/2026
LINEAMIENTOS PARA LA PRÁCTICA DE CITACIONES Y NOTIFICACIONES EN LA GACETA JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN LAS MATERIAS DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, LABORAL Y AGRARIA.
La Resolución tiene por objeto establecer las normas generales que regularán la práctica de CITACIONES y NOTIFICACIONES en la Gaceta Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en las materias de Protección de Niños, Niña y Adolescente, Laboral y Agraria, que requieran según la norma procesal correspondiente, su publicación en periódicos de circulación nacional o local.
Estas Citaciones o Notificaciones se practicarán cuando sea imposible la notificación o citación personal de cualesquiera de las partes, bien sea porque se ignore su paradero o se desconozcan los sucesores de una persona determinada que ha fallecido, en los procedimientos que se ventilen en los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Laboral y Agrarios, los jueces podrán acordar, a solicitud de parte, practicar la citación o notificación en la Gaceta Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la fijación de un cartel o edicto, que contendrá la identificación completa de las partes y del Tribunal, el objeto de la pretensión, el término de comparecencia que sea aplicable y la clara advertencia de las consecuencias procesales.
Sin embargo; es importante destacar que los lineamientos a que se refiere la presente resolución no impiden que las partes puedan hacer uso de los medios tradicionales previstos en las normas procesales aplicables.
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