22/10/2026
⚠️ ¿𝗣𝘂𝗲𝗱𝗲 𝘂𝗻 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿 𝗶𝗿𝘀𝗲 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮 𝘆 𝗰𝗼𝗯𝗿𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗶𝗻𝗱𝗲𝗺𝗻𝗶𝘇𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗲𝘅𝗲𝗻𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝗜𝗥𝗣𝗙?
Sí, pero 𝗻𝗼 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝗹 𝘀𝗶𝗺𝗽𝗹𝗲 𝗵𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗱𝗲 𝗽𝗿𝗲𝘀𝗲𝗻𝘁𝗮𝗿 𝘂𝗻𝗮 𝗯𝗮𝗷𝗮 𝘃𝗼𝗹𝘂𝗻𝘁𝗮𝗿𝗶𝗮.
El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores permite al trabajador solicitar la extinción de su contrato cuando existen determinados 𝗶𝗻𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗴𝗿𝗮𝘃𝗲𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗽𝗮𝗿𝘁𝗲 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮.
Por ejemplo:
🔹 Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que perjudiquen la dignidad del trabajador.
🔹 Falta de pago o retrasos continuados en el salario.
🔹 Otros incumplimientos graves de las obligaciones empresariales en los términos previstos legalmente.
🔹 Determinados supuestos relacionados con movilidad geográfica o modificaciones sustanciales cuando se cumplen los requisitos establecidos.
👉 En estos casos, cuando la extinción se produce al amparo del 𝗮𝗿𝘁í𝗰𝘂𝗹𝗼 𝟱𝟬 𝗱𝗲𝗹 𝗘𝘀𝘁𝗮𝘁𝘂𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗧𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀, la indemnización tiene, a efectos del IRPF, un tratamiento diferente al de una baja voluntaria ordinaria.
Y no hay que confundirlo con otro supuesto:
➡️ Si el trabajador abandona voluntariamente su puesto 𝘀𝗶𝗻 𝗾𝘂𝗲 𝗰𝗼𝗻𝗰𝘂𝗿𝗿𝗮 𝘂𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗰𝗮𝘂𝘀𝗮𝘀 𝗹𝗲𝗴𝗮𝗹𝗺𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗽𝗿𝗲𝘃𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀, no estamos ante una extinción del artículo 50 ET y no existe esa indemnización exenta.
💡 𝗟𝗮 𝗰𝗮𝘂𝘀𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗲𝘅𝘁𝗶𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗲𝘀 𝗳𝘂𝗻𝗱𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗱𝗲𝘁𝗲𝗿𝗺𝗶𝗻𝗮𝗿 𝘀𝘂 𝘁𝗿𝗮𝘁𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗳𝗶𝘀𝗰𝗮𝗹.